MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 195/Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2026VISTO el Expediente Nº EX-2023-129643457- -APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2026-43746112- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-67999764- -APN-DGDA#MEC y EX-2026-70951559- -APN-DGDA#MEC, vinculados en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que mediante la Nota de fecha 31 de octubre de 2023 (IF-2023-129645330-APN-SE#MEC), la empresa VISIÓN INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Solar Fotovoltaico AMPAJANGO I, con una potencia de CINCO MEGAVATIOS (5 MW), ubicado en el Departamento de Santa María, Provincia de CATAMARCA, a vincularse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en instalaciones de ENERGÍA DE CATAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (EC SAPEM) que se conectan a barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la E.T. Ampajango.Que posteriormente, mediante la Nota de fecha 13 de julio de 2026 (IF-2026-68000057-APN-DGDA#MEC) obrante en el Expediente N° EX-2026-67999764- -APN-DGDA#MEC, la citada empresa acompañó documentación e información complementaria.Que a través de la Nota N° B-184516-1 de fecha 29 de abril de 2026 (IF-2026-43754237-APN-DGDA#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2026-43746112- -APN-DGDA#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa cumple para su Parque Solar Fotovoltaico AMPAJANGO I los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (Los Procedimientos), descriptos en el Anexo I de la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM, como así también con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, Capítulo 2 y Anexos 1 y 2 de Los Procedimientos. Asimismo, indicó que la empresa VISIÓN INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A. se compromete a presentar la documentación establecida en el Capítulo 1 y Anexo 24 de Los Procedimientos en lo referente al sistema de comunicaciones SCOM, SMEC y SOTR.Que mediante la Disposición N° 534 de fecha 4 de diciembre de 2023 de la Dirección Provincial de Gestión Ambiental de la SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE del MINISTERIO DE AGUA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE de la Provincia de CATAMARCA (IF-2026-68000057-APN-DGDA#MEC), se dispuso aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Solar Fotovoltaico AMPAJANGO I.Que la empresa VISIÓN INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial 35.956 de fecha 24 de julio de 2026, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.Por ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorizase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa VISIÓN INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A. para su Parque Solar Fotovoltaico AMPAJANGO I con una potencia de CINCO MEGAVATIOS (5 MW), ubicado en el Departamento de Santa María, Provincia de CATAMARCA, a vincularse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en instalaciones de ENERGÍA DE CATAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (EC SAPEM) que se conectan a barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la E.T. Ampajango.ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa VISIÓN INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A., titular del Parque Solar Fotovoltaico AMPAJANGO I en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa VISIÓN INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A., a CAMMESA, a EC SAPEM y al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.María Carmen Tettamantie. 06/08/2026 N° 54583/26 v. 06/08/2026
Fecha de publicación 06/08/2026