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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

Alma Energía entra al mercado eléctrico mayorista

Alma Energía entra al mercado eléctrico mayorista

La empresa se registra como generador de almacenamiento en Almirante Brown

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347583/20260917

La Secretaría de Energía autorizó el ingreso de Alma Energía S.A. al Mercado Eléctrico Mayorista, lo que le permite operar como generador de almacenamiento en Almirante Brown.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • Sullair Argentina ingresó al MEM el 16/09/2026 como generador en Monte Chingolo
  • El 16/09/2026 se homologó el reglamento de eficiencia energética (Res. 242/2026)
Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo sectorial que afecta a una empresa específica y su integración al mercado eléctrico, sin impacto amplio en la población.

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Texto original

Resolución 244/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA Resolución 244/Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2026VISTO el Expediente Nº EX-2025-138605193- -APN-DGDA#MEC y los Expedientes Nros. EX-2026-30145321- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-58689964- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-72840685- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-73293942- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-78846969- -APN-DGDA#MEC, EX-2026-79978971- -APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que la empresa ALMA ENERGÍA S.A. a través de la Nota de fecha 11 de diciembre de 2025 (IF-2025-138705873-APN-DGDA#MEC), solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador de Almacenamiento para su Parque de Almacenamiento BESS BROWN con una potencia de VEINTIDÓS MEGAVATIOS (22 MW), ubicado en el Partido de Almirante Brown, Provincia de BUENOS AIRES, a vincularse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la SE.T. Brown, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.).Que mediante la Nota B-186010-1 de fecha 28 de julio de 2026 (IF-2026-73294182-APN-DGDA#MEC, obrante en el Expediente N° EX-2026-73293942- -APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta), la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa ALMA ENERGÍA S.A. cumple para su Parque de Almacenamiento BESS BROWN los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM, como así también con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, Capítulo 2 y Anexos 1 y 2 de Los Procedimientos. Asimismo, indicó que la empresa ALMA ENERGÍA S.A. se compromete a presentar la documentación establecida en el Capítulo 1 y Anexo 24 de Los Procedimientos, en lo referente al sistema de comunicaciones: SCOM, SMEC y SOTR.Que mediante la Resolución N° 405 de fecha 13 de agosto de 2026 de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE, de la Provincia de BUENOS AIRES, se resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque de Almacenamiento BESS BROWN (IF-2026-78847194-APN-DGDA#MEC, obrante en el Expediente N° EX-2026-78846969- -APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta).Que la empresa ALMA ENERGÍA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.987 de fecha 8 de septiembre de 2026, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.Por ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorizase el ingreso como Agente Generador de Almacenamiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa ALMA ENERGÍA S.A. para su Parque de Almacenamiento BESS BROWN con una potencia de VEINTIDOS MEGAVATIOS (22 MW), ubicado en el Partido de Almirante Brown, Provincia de BUENOS AIRES, a vincularse al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la SE.T. Brown, jurisdicción de EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.).ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa ALMA ENERGÍA S.A., titular del Parque de Almacenamiento BESS BROWN en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa ALMA ENERGÍA S.A., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a EDESUR S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.María Carmen Tettamantie. 17/09/2026 N° 67559/26 v. 17/09/2026 Fecha de publicación 17/09/2026