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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Banco Central actualiza normativa financiera

Banco Central actualiza normativa financiera

El BCRA envía a entidades financieras nuevas versiones de reglamentos clave

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345443/20260805

El Banco Central actualizó normativas clave del sistema financiero, lo que obliga a las entidades a revisar sus prácticas para mantenerse en conformidad con la regulación.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El BCRA emitió 5 normativas económicas entre el 27 y el 29 de julio de 2026, todas relacionadas con regulación financiera o economía.
  • La nueva normativa se suma a otras recientes sobre infraestructuras financieras, pagos digitales, CER y captación de ahorro en dólares.
Criterio editorial

Por qué importa

La actualización afecta a todo el sistema financiero argentino, con implicancias en la operativa diaria de bancos, cooperativas y otras instituciones.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Comunicación "A" 8463/2026

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 8463/31/07/2026A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:Ref.: LISOL 1-1149. Comunicación A 8394. Actualización de textos ordenados.Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en los textos ordenados sobre Capitales Mínimos de las Entidades Financieras (punto 1.3. y Sección 6.), Lineamientos para la Gestión de Riesgos en las Entidades Financieras (puntos 1.2.5. y 1.2.6.) y Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito (punto 2.5.2.1.), atento a lo dispuesto por la resolución difundida por la Comunicación A 8394.Asimismo, les señalamos que se efectuaron adecuaciones de carácter formal y, por otra parte, se trasladaron los puntos 6.7. –criterio de integración y deficiencia diaria de la exigencia por riesgo de mercado– y 6.10. –disposiciones sobre valuación prudente, aplicables tanto a la cartera de inversión como a la de negociación– del texto ordenado sobre Capitales Mínimos de las Entidades Financieras a los puntos 1.5. y 1.4., respectivamente.Por otra parte, se actualizó el punto 6.1.2.2. del texto ordenado sobre Capitales Mínimos de las Entidades Financieras en función de lo oportunamente dispuesto por la Comunicación A 8066 en materia de aforos.Por último, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Secciones - Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).Saludamos a Uds. atentamente.BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINAPablo D. Montero, Gerente de Emisión de Normas - Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.ANEXOEl/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Secciones - Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).e. 05/08/2026 N° 53976/26 v. 05/08/2026 Fecha de publicación 05/08/2026