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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

ANMAT autoriza renovación de certificado para empresa

ANMAT autoriza renovación de certificado para empresa

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica autorizó la renovación del certificado de una empresa para tránsito interjurisdiccional de productos médicos.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344943/20260727

ANMAT aprobó la renovación del certificado de tránsito interjurisdiccional para CASA OTTO HESS S.A., en el marco de la normativa vigente sobre control de productos médicos. El acto se basa en un expediente y en la inspección realizada en agosto de 2025.

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es un acto administrativo puntual que afecta a una sola empresa y no tiene impacto generalizable.

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Disposición 4284/2026

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA Disposición 4284/Ciudad de Buenos Aires, 08/07/2026VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-61736194-APN-DGA#ANMAT, la Ley N° 16.463, el Decreto N° 1490 del 20 de agosto de 1992 y sus modificatorios, y;CONSIDERANDOQue en las actuaciones citadas en el VISTO el Instituto Nacional de Productos Médicos (INPM) informó que el 14 de agosto de 2025 con Orden de Inspección N° 2025/CONT-PM-27, acudieron al domicilio del establecimiento de la firma CASA OTTO HESS SOCIEDAD ANÓNIMA con el objetivo de realizar una inspección en el marco de la renovación del Certificado para efectuar Tránsito Interjurisdiccional de Productos Médicos y Productos para Diagnóstico de uso in vitro SIN CADENA DE FRÍO.Que se cita como antecedente que la firma CASA OTTO HESS S.A., (CUIT 30-52600883-5) con domicilio en la calle Corrientes N° 278, localidad y provincia de Salta, solicitó la renovación del Certificado para efectuar Tránsito Interjurisdiccional de Productos Médicos y Productos para Diagnóstico de Uso In Vitro.Que la firma se encontraba habilitada por la ANMAT mediante Disposición ANMAT N° 9832/15, legajo N° 500 con vigencia hasta el 18 de noviembre de 2020.Que en el marco de dicha renovación las fiscalizadoras del Instituto Nacional de Productos Médicos (INPM) se hicieron presentes en el domicilio de la firma para realizar la respectiva inspección.Que previo a apersonarse en la dirección de la firma, las inspectoras intentaron comunicación telegráfica mediante correo electrónico y llamadas telefónicas sin resultado positivo.Que pese a ello, el día 14 de agosto de 2025 con Orden de Inspección N° 2025/CONT-PM-27, acudieron al domicilio del establecimiento de la firma CASA OTTO HESS S.A. sin recibir respuesta alguna.Que las inspectoras observaron el lugar cerrado y por fuera personas trabajando.Que se les consultó sobre la empresa CASA OTTO HESS S.A. y dijeron que allí no funcionaba ninguna firma con ese nombre; que ellos habían sido contratados por un particular para realizar las obras en el edificio.Que por ello, teniendo en cuenta la falta de respuesta por parte del administrado y que la empresa no se encontraba activa en el establecimiento habilitado, el INPM sugirió dar de baja el Certificado de TRÁNSITO INTERJURISDICCIONAL DE PRODUCTOS MÉDICOS Y PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO DE USO IN VITRO SIN CADENA DE FRIO perteneciente a la firma CASA OTTO HESS S.A., con legajo N° 500, sito en la calle Corrientes N° 278 de la localidad y provincia de Salta, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos médicos comercializados por esa empresa.Que el Instituto Nacional de Productos Médicos, la Coordinación de Sumarios y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490 del 27 de agosto de 1992 y sus modificatorias.Por ello,EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONALDE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICADISPONE:ARTÍCULO 1°: Dase la baja a la habilitación otorgada a la firma CASA OTTO HESS S.A. (CUIT 30-52600883-5), con legajo N° 500, con domicilio en la calle Corrientes N° 278, ciudad de Salta, provincia de Salta para efectuar TRÁNSITO INTERJURISDICCIONAL DE PRODUCTOS MÉDICOS Y PRODUCTOS PARA DIAGNÓSTICO DE USO “IN VITRO” SIN CADENA DE FRÍO.ARTÍCULO 2º: Cancélese el certificado otorgado por Disposición ANMAT N° 9832/15 de fecha 3 de diciembre de 2015.ARTÍCULO 3º: Hágase saber a la firma CASA OTTO HESS S.A., CUIT 30-52600883-5, que el presente acto -en cuanto a la baja de la habilitación- agota la vía administrativa y que contra tal disposición podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada o acción judicial de conformidad a lo establecido por los artículos 84, 94 y cdtes. del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017) y sus modificaciones y el artículo 25 de la Ley N° 19.549 y sus modificaciones. De acuerdo con la aludida normativa, el recurso de reconsideración, deberá ser interpuesto dentro del plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos; el recurso de alzada dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos, y la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, computándose todos los plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.ARTÍCULO 4º: Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese al Instituto Nacional de Productos Médicos y a la Dirección de Gestión de Información. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.Luis Eduardo Fontanae. 27/07/2026 N° 52055/26 v. 27/07/2026 Fecha de publicación 27/07/2026