media trascendenciaprimeraconvenio-laboral

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM registra servicio de internet en Tierra del Fuego

ENACOM registra servicio de internet en Tierra del Fuego

El registro no implica garantía estatal de frecuencias radioeléctricas

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344183/20260708

El ENACOM registró formalmente un servicio de internet en Tierra del Fuego, pero dejó claro que el Estado no se compromete a garantizar las frecuencias necesarias para su funcionamiento.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El ENACOM emitió 5 actos del mismo tipo (convenio-laboral) entre el 1 y el 7 de julio de 2026, todos vinculados a autorizaciones o registros en telecomunicaciones.
  • Según los registros disponibles, el organismo registró 110 actos en los últimos 30 días, con 13 correspondientes al tipo 'convenio-laboral'.
Criterio editorial

Por qué importa

El aviso afecta la regulación de servicios de telecomunicaciones en una región específica, con implicancias en la gestión de infraestructura y la autonomía provincial.

Claves de lectura

Entidades y temas

Seguir leyendo

Lo que sigue moviendo el tablero oficial

2 piezas
Mismo organismo

Seguí la agenda de ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

3 avisos
Mismo tipo de acto

Otras decisiones bajo convenio-laboral

3 avisos
Correcciones

Reportar un problema

Publicidad

Próximamente

Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 513/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 513/RESOL-2026-513-APN-ENACOM#JGM FECHA 06/07/2026EX-2020-64373066-APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Inscribir al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasMaria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.e. 08/07/2026 N° 47936/26 v. 08/07/2026 Fecha de publicación 08/07/2026