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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE HACIENDA

Corrige error en acuerdos de préstamo con bancos internacionales

Corrige error en acuerdos de préstamo con bancos internacionales

Aumenta comisión a prestamistas por 0,50 % en operación de 2.000 millones de dólares

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344176/20260708

El aviso corrigió un error técnico en una resolución que autoriza acuerdos de préstamo con bancos internacionales. Aunque no cambia el contenido del acuerdo, refleja la necesidad de precisión en la documentación oficial.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El 6 de julio se autorizó una nueva emisión de letras del tesoro con sustitución parcial de intereses por títulos públicos (ID 344056).
  • También el 6 de julio se autorizó la conversión de bonos en letras del tesoro vinculadas al dólar (ID 344057).
Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia es media debido a que el aviso solo corrige un error en una resolución previa y no introduce cambios sustanciales en la política económica o en la vida de los ciudadanos.

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Texto original

Resolución Conjunta 42/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE HACIENDA Resolución Conjunta 42/Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2026Visto el expediente EX-2026-40577770- -APN-DGDA#MEC, la resolución conjunta 40 del 3 de julio de 2026 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2026-40-APN-SH#MEC), yCONSIDERANDO:Que mediante el artículo 1° de la resolución conjunta 40 del 3 de julio de 2026 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2026-40-APN-SH#MEC) se dispuso la aprobación de los modelos de Acuerdo de Crédito (“Credit Agreement”) y de “Carta de Comisión de Estructuración (Structuring Fee Letter)” a ser suscriptos con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., Sucursal de Nueva York y el Banco Santander S.A., Sucursal de Nueva York, en su carácter de prestamistas de la operación, por hasta la suma total de dos mil millones de dólares estadounidenses (USD 2.000.000.000), con garantía del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) / Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI o MIGA por su sigla en idioma inglés), que como anexos I (IF-2026-65379626-APNSSF#MEC) y II (IF-2026-65379659-APN-SSF#MEC), respectivamente, integran la presente medida.Que mediante el artículo 2° de la resolución conjunta 40/2026 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, se reconoce a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., Sucursal de Nueva York y a Banco Santander S.A., Sucursal de Nueva York, una comisión total del cero coma cincuenta por ciento (0,50 %) sobre el monto del préstamo, cuya instrumentación se dispone en el artículo 1° de la citada resolución.Que por un error material involuntario se designó en ambos artículos como prestamista al Banco Santander S.A., Sucursal de Nueva York, cuando debía consignarse como Banco Santander S.A.Que por lo expuesto, procede la sustitución de los mencionados artículos.Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 2017.Por ello,EL SECRETARIO DE FINANZASYEL SECRETARIO DE HACIENDARESUELVEN:ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 1° de la resolución conjunta 40 del 3 de julio de 2026 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2026-40-APN-SH#MEC), por el siguiente:“ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los modelos de Acuerdo de Crédito (“Credit Agreement”) y de “Carta de Comisión de Estructuración (Structuring Fee Letter)” a ser suscriptos con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., Sucursal de Nueva York y el Banco Santander S.A., en su carácter de prestamistas de la operación, por hasta la suma total de dos mil millones de dólares estadounidenses (USD 2.000.000.000), con garantía del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) / Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI o MIGA por su sigla en idioma inglés), que como anexos I (IF-2026-65379626-APN-SSF#MEC) y II (IF-2026-65379659-APN-SSF#MEC), respectivamente, integran la presente medida.”.ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 2° de la resolución conjunta 40/2026 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, por el siguiente:“ARTÍCULO 2°.- Reconócese a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., Sucursal de Nueva York y a Banco Santander S.A. una comisión total del cero coma cincuenta por ciento (0,50 %) sobre el monto del préstamo, cuya instrumentación se dispone en el artículo 1° de la presente resolución.”.ARTÍCULO 3°.- Esta medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Federico Matías Furiase - Carlos Jorge Gubermane. 08/07/2026 N° 48046/26 v. 08/07/2026 Fecha de publicación 08/07/2026