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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

La Rioja Telecomunicaciones se inscribe en registro de servicios TIC

La Rioja Telecomunicaciones se inscribe en registro de servicios TIC

Resolución Sintetizada 504/2026 autoriza el ingreso a un registro clave para operar en radiodifusión por suscripción

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344126/20260707

La Rioja Telecomunicaciones obtuvo el derecho a operar en radiodifusión por suscripción tras su inscripción en el Registro de Servicios TIC, aunque aún debe gestionar permisos adicionales para usar frecuencias del espectro radioeléctrico.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El 6 de julio de 2026, ENACOM registró dos nuevas inscripciones en el registro de servicios TIC: una empresa de radiodifusión por suscripción y una cooperativa.
  • El 3 de julio de 2026, ENACOM otorgó licencias a tres empresas (OvernetsGo S.R.L., Megafax S.A.S. y Conectandoenred S.A.S.) para prestar servicios TIC.
Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia es media, ya que afecta a una empresa estatal específica y su capacidad para operar en un sector regulado, pero no tiene impacto generalizado en la población.

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 504/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 504/RESOL-2026-504-APN-ENACOM#JGM FECHA 03/07/2026EX-2025-140155477-APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la firma LA RIOJA TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (S.A.P.E.M.) en el Registro de Servicios TIC aprobado en el Anexo I de la Resolución N° 697, del 28 de diciembre de 2017, el servicio de Radiodifusión por Suscripción. 2.- Establezer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 07/07/2026 N° 47610/26 v. 07/07/2026 Fecha de publicación 07/07/2026