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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN

ARCA aprueba nueva tabla de comisiones para reintegros a turistas

ARCA aprueba nueva tabla de comisiones para reintegros a turistas

La comisión por devolución de IVA a extranjeros varía según el monto de la compra

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348498/20261005Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

ARCA aprobó una nueva tabla de comisiones para las empresas que gestionen reintegros de IVA a turistas. El porcentaje de comisión varía según el monto de la compra, afectando directamente a las empresas adjudicatarias.

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El aviso afecta a empresas que gestionan reintegros de IVA a turistas, con implicancias en su operativa y rentabilidad.

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Disposición 10/2026

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Disposición 10/Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2026VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-02982622- -ARCA-SDGFIS yCONSIDERANDO:Que el artículo 43 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, previó que las compras efectuadas por turistas del extranjero, de bienes gravados producidos en el país y trasladados al exterior, así como la prestación de determinados servicios que tales turistas contraten, dé lugar al reintegro de dicho gravamen facturado por el vendedor.Que el Decreto N° 1.099 del 21 de septiembre de 1998 y su modificatorio, designó a este Organismo como autoridad de aplicación del régimen de reintegro establecido en el aludido artículo 43, facultándolo a contratar los servicios de terceros a fin de practicar la pertinente devolución.Que el artículo 6° del citado decreto previó que la empresa adjudicataria perciba por la prestación del servicio una comisión cuyo porcentaje fluctuará en proporción inversa al importe total facturado, de acuerdo con la tabla que a tal efecto confeccionará este Organismo.Que en ejercicio de las facultades que le fueron conferidas por la Disposición N° 152 (AFIP) del 11 de septiembre de 2024, la Subdirección General de Recaudación aprobó -por medio de la Disposición N° 5 (SDG REC) del 3 de noviembre de 2025- la tabla indicada en el párrafo anterior que actualmente se encuentra en vigor.Que, por razones de gestión operativa, mediante la Disposición N° 11 (ARCA) del 2 de febrero de 2026, se delegó en la Subdirección General de Fiscalización la confección y la aprobación de la citada tabla, abrogando con ello la mencionada Disposición N° 152/24 (AFIP), por lo que procede disponer en consecuencia.Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición N° 11/26 (ARCA).Por ello,EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓNDISPONE:ARTÍCULO 1°.- Aprobar la tabla de comisiones sobre las devoluciones de impuesto al valor agregado realizadas a turistas del exterior, prevista en el artículo 6° del Decreto N° 1.099 del 21 de septiembre de 1998 y su modificatorio, que se consigna a continuación:Valor de compra (IVA incluido)Reintegro sobre el valor de compraRelación porcentual respecto del IVA 21%DesdeHastaReintegro al turistaComisión de las contratistas$ 70$ 570.00013%74,90%25,10%$ 570.001---14%80,67%19,33%ARTÍCULO 2°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los reintegros que realicen las empresas que resulten adjudicatarias de los procesos a los que se refiere el artículo 2° del Decreto N° 1.099/98 y su modificatorio, a partir de dicha fecha.ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.Sergio Javier Rufaile. 05/10/2026 N° 72823/26 v. 05/10/2026 Fecha de publicación 05/10/2026