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CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA

COPIME excluye a ingenieros ambientales de un registro

COPIME excluye a ingenieros ambientales de un registro

Resolución ratifica la exclusión de profesionales de dos universidades

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344098/20260707

El COPIME ratificó la exclusión de ingenieros ambientales de un registro profesional, corrigiendo errores administrativos y asegurando que solo quienes cumplan con los requisitos legales puedan estar registrados.

Criterio editorial

Por qué importa

La medida afecta a un grupo específico de profesionales y refuerza la importancia de la coherencia entre títulos académicos y competencias profesionales en el marco de la regulación profesional.

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Resolución 137/2026

CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA Resolución 137/Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2026VISTOEl artículo 33 de la Constitución Nacional, el Decreto Ley 6070/58, el Decreto 1338/96, la Resolución COPIME N° 145/25. yCONSIDERANDOQue erróneamente se procedió a la inscripción de profesionales de la rama de la Ingeniería Ambiental cuyo alcance de título no los habilitaban, en el Registro de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo.Que a partir del 18 de abril de 2018, se ordenó que no corresponde la incorporación de nuevos postulantes de esa rama de la Ingeniería en el citado Registro.Que en virtud de la omisión del procedimiento a seguir respecto de los profesionales de la Ingeniería Ambiental ya inscriptos, se solicitó la opinión de la Asesoría letrada, la cual se expidió en el sentido de la exclusión de aquellos profesionales cuyos títulos fueron emitidos por la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires; y Universidad Nacional del Litoral, en razón de que sus alcances no permitirían acceder al mismo. Ello, aunado al hecho de la imposibilidad de argumentar poseer un “derecho adquirido” a permanecer en el Registro en cuestión, en virtud de que en materia de salud y seguridad pública no existe tal consagración jurídica (ver Fallo “Saladeristas”).Que por Resolución COPIME N° 145/25 se ha excluido del Registro de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo a aquellos Ingenieros Ambientales cuyos títulos fueron emitidos por la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires y la Universidad del Litoral, por las razones expuestas.Que se han presentado irregularidades administrativas en la aplicación de la norma.Por ello;Este CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICISTARESUELVEArtículo 1º: Ratificar a todos sus efectos la Resolución COPIME N° 145/25.Artículo 2°: Excluir del Registro de Profesionales de Higiene y Seguridad en el Trabajo a aquellos Ingenieros Ambientales cuyos títulos fueron emitidos por la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires y la Universidad del Litoral, por las razones expuestas en el Considerando.Artículo 3º: Proceder al reintegro de las sumas abonadas proporcionales que correspondieran en concepto de matriculación en el citado registro, a partir de quedar firme la presente Resolución.Artículo 4°: Registrar. Notificar fehacientemente a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de la Nación. Comunicar a la Junta Central de Consejos Profesionales Decreto Ley 6070/58.Rodolfo Osvaldo Fausti - Claudio Miguel Eduardo Francoe. 07/07/2026 N° 47629/26 v. 07/07/2026 Fecha de publicación 07/07/2026