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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA SANTO TOMÉ

Aduana Santo Tomé homologa subastas electrónicas con el Banco de la Ciudad

Aduana Santo Tomé homologa subastas electrónicas con el Banco de la Ciudad

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero autoriza la realización de subastas electrónicas de mercaderías secuestradas

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343583/20260625

La disposición homologa la adenda al convenio entre AFIP y el Banco de la Ciudad para subastas electrónicas. Se inscribe en el marco normativo de leyes aduaneras y acuerdos institucionales.

Criterio editorial

Por qué importa

es un acto administrativo interno sin impacto directo en la población general

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Disposición 21/2026

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA SANTO TOMÉ Disposición 21/Santo Tomé, Corrientes, 24/06/2026VISTO lo establecido en los artículos 417 y siguientes de la Ley 22415, la Ley 25603, el CONVE-2020-00621694-AFIP y,CONSIDERANDO:Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N°12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.Que oportunamente se envió listado de mercaderías con disponibilidad jurídica, para ser incluidas en futuras subastas públicas bajo la modalidad electrónica a la División Evaluación y Control de Procesos Operativos Regionales de la Dirección Regional Aduanera Noreste.Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera, en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión de mercadería de esta Aduana, en la subasta a realizarse el día 23 de julio del año 2026, las cuales se detallan en anexo IF-2026-01951581-ARCA-ADSATO#SDGOAI.Que las mercaderías detalladas en IF-2026-01951581-ARCA-ADSATO#SDGOAI (identificada como lote Nro. 1) fueron ofrecidas oportunamente en la Subasta N° 3.877 de fecha 18/06/2026, resultando sin postor y que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 431 Apartado II de la Ley 22415 e Instrucción General 7/2004, se procede a ofrecer la misma a un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada.Que el presente acto, coadyuva al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos, resguardo de la renta fiscal y reducción de los costos por almacenaje de las mercaderías cuya guarda y custodia tiene encomendada.Que la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el Visto.Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 953/2024 y la Ley Nº 25.603.Por ello,EL JEFE DE LA SECCIÓN INSPECCIÓN TÉCNICA A/CDE LA DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉDISPONE:ARTICULO 1°.- AUTORIZAR la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben - con la debida antelación -, y bajo modalidad de subasta pública, por intermedio del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, de acuerdo a los valores base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2026-01951581-ARCA-ADSATO#SDGOAI, que forma parte integrante del presente acto.ARTICULO 2°.- La subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo modalidad electrónica, a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstas, el día 23 de julio del año 2026.ARTICULO 3°.- Regístrese y comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.-Sebastian NietoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 25/06/2026 N° 44031/26 v. 25/06/2026 Fecha de publicación 25/06/2026   Anexo - 1