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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

SENASA declara alerta fitosanitaria por plaga de palmeras

SENASA declara alerta fitosanitaria por plaga de palmeras

El aviso declara una alerta nacional sobre la plaga del picudo rojo de las palmeras

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343432/20260623

SENASA declaró una alerta fitosanitaria nacional por la presencia de la plaga del picudo rojo de las palmeras. La medida se toma en base a normativas anteriores y considerandos técnicos.

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es un acto administrativo interno sin impacto directo en el público general ni en decisiones políticas visibles

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Resolución 544/2026

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Resolución 544/Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-59313599- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto-Ley N° 6.704 del 12 de agosto de 1963; la Ley Provincial de Entre Ríos N° 11.253; las Resoluciones Nros. RESOL-2024-1218-APN-PRES#SENASA del 9 de octubre de 2024 y RESOL-2026-133-APN-PRES#SENASA del 4 de febrero de 2026 y su modificatoria, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y RESFC-2025-262-APN-D#APNAC del 10 de septiembre de 2025 de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, yCONSIDERANDO:Que a través de la Resolución N° RESOL-2024-1218-APN-PRES#SENASA del 9 de octubre de 2024 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) se declaró el Alerta Fitosanitaria en todo el Territorio Nacional con respecto a la plaga Picudo Rojo de las Palmeras (Rhynchophorus ferrugineus Olivier) hasta el 21 de junio de 2026, con el objetivo de adoptar y fortalecer las medidas de prevención, detección, contención y erradicación de la referida plaga.Que, en dicho contexto, la Dirección Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional ha coordinado la conformación de un Comité Técnico Interinstitucional a nivel nacional, la ejecución de mesas provinciales y locales, el desarrollo de documentos técnicos y diferentes actividades destinadas a la capacitación, la preparación y la respuesta ante la eventual incursión de la mencionada plaga en el Territorio Nacional.Que otros organismos y gobiernos provinciales han impulsado normativas propias en el marco de sus competencias, las cuales se alinean y fortalecen las medidas impulsadas por este Servicio Nacional en relación con la protección del valor cultural y natural de las palmeras (Arecáceas).Que, en ese contexto, la Ley Provincial de Entre Ríos N° 11.253 declaró Monumento Natural a la palmera Yatay (Butia yatay), reforzando el valor natural y cultural de los palmares y, con ello, las acciones de protección y conservación frente a eventos externos.Que, asimismo, por la Resolución N° RESFC-2025-262-APN-D#APNAC del 10 de septiembre de 2025 de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES se adoptaron en el ámbito de todas las Áreas Protegidas bajo su jurisdicción, los criterios y las medidas de prevención, detección temprana, contención y erradicación establecidos por este Servicio Nacional en el marco de la señalada Resolución N° 1.218/24.Que, tras la detección de palmeras afectadas por Rhynchophorus ferrugineus Olivier durante enero de 2026 en la Isla Martín García, perteneciente al Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, se declaró la Emergencia Fitosanitaria a través de la Resolución N° RESOL-2026-133-APN-PRES#SENASA del 4 de febrero de 2026 del citado Servicio Nacional y su modificatoria, vigente hasta el 30 de junio de 2027.Que, además, mediante la aludida Resolución N° 133/26 y su modificatoria se aprobó el Plan de Contingencia específico para dicha plaga, en el que se establecen las medidas fitosanitarias a implementar en el área afectada que determine el SENASA.Que, en virtud de lo expuesto, corresponde prorrogar la Alerta Fitosanitaria en todo el Territorio Nacional en relación con la plaga Picudo Rojo de las Palmeras, a fin de continuar fortaleciendo las tareas de prevención, vigilancia, preparación y respuesta ante nuevas incursiones en el área continental, así como también afianzar el valor agregado de la articulación interinstitucional para una respuesta más rápida, coordinada y eficiente.Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.Que la suscripta es competente para dictar el presente acto en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 8°, inciso k), del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.Por ello,LA PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Picudo Rojo de las Palmeras (Rhynchophorus ferrugineus Olivier). Prórroga de Alerta Fitosanitaria. Se prorroga en todo el Territorio Nacional, hasta el 30 de junio de 2028, la Alerta Fitosanitaria con respecto a la plaga Picudo Rojo de las Palmeras (Rhynchophorus ferrugineus Olivier), declarada por la Resolución N° RESOL-2024-1218-APN-PRES#SENASA del 9 de octubre de 2024 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.ARTÍCULO 2°.- Denuncia obligatoria. Se mantiene la denuncia obligatoria establecida en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2024-1218-APN-PRES#SENASA del 9 de octubre de 2024 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a través del sitio web del Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo de Plagas (SINAVIMO) o de la Oficina Local de este Servicio Nacional más cercana.ARTÍCULO 3°.- Facultad. Se faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal del aludido Servicio Nacional a prorrogar nuevamente, en caso de resultar necesario, la Alerta Fitosanitaria dispuesta por la Resolución N° RESOL-2024-1218-APN-PRES#SENASA del 9 de octubre de 2024 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.ARTÍCULO 4°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del 22 de junio de 2026.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.María Beatriz Giraudo Gaviglioe. 23/06/2026 N° 43444/26 v. 23/06/2026 Fecha de publicación 23/06/2026