MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA DE INTERIOR
Resolución 226/Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-23124942- -APN-DGDYLI#JGM, la Ley N° 22.352, el Decreto N° 68 de fecha 25 de enero de 2017, la Resolución N° 30 de fecha 6 de marzo de 2026 de la SECRETARÍA DE INTERIOR, yCONSIDERANDO:Que la Ley N° 22.352 regula el funcionamiento de los Centros de Frontera, incluyendo la administración de servicios auxiliares y playas de estacionamiento.Que mediante el Decreto N° 68/17 se designó a la SECRETARÍA DE INTERIOR como autoridad administradora de los Centros de Frontera.Que por la Resolución N° 30/26 de la SECRETARÍA DE INTERIOR se estableció el cobro de UNA (1) Unidad Fija (UF) por cada período de SEIS (6) horas de uso de las playas de estacionamiento del Complejo Terminal de Cargas (CO.TE.CAR.) del Centro de Frontera Paso de los Libres.Que, a fin de implementar la resolución precitada, corresponde fijar el mecanismo de determinación y actualización del valor de la Unidad Fija (UF), sobre la base de un criterio un objetivo, uniforme y periódico.Que, para arribar a tal valor, se tomará como referencia al día primero de cada mes, el precio vigente del litro de combustible de mayor octanaje expedido por la estación de servicio YPF más próxima al Centro de Fronteras de Paso de los Libres (Provincia de CORRIENTES), el cual se mantendrá invariable durante todo el período mensual correspondiente.Que, en cumplimiento de sus funciones propias, el personal del Centro de Frontera se encargará mensualmente de relevar, certificar y publicar en el sitio web del MINISTERIO DEL INTERIOR el valor de la Unidad Tarifaria (U.F) determinado de acuerdo a los parámetros aquí desarrollados;Que, por otra parte, el Complejo de Frontera en cuestión registra un flujo de camiones que, en numerosos casos, supera los SEISCIENTOS (600) vehículos diarios, circunstancia que torna necesario implementar mecanismos tendientes a agilizar el tránsito y la salida del predio una vez concluidos los trámites correspondientes.Que, en tal sentido, corresponde establecer un plazo de gracia de TRES (3) horas contadas a partir del pago del ticket de salida, vencido el cual deberá abonarse el valor equivalente a SEIS (6) Unidades Fijas (UF).Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 del Decreto N° 68/17.Por ello,EL SECRETARIO DE INTERIORRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Establécese que a los efectos de fijar el valor de la Unidad Fija (UF) aplicable al cobro de la tarifa por el uso de las Playas de Estacionamiento del Complejo Terminal de Cargas (CO.TE.CAR.) se tomará el precio vigente al día primero (1°) del mes del litro de combustible de mayor octanaje expedido por la estación de servicio YPF más próxima al Centro de Fronteras de Paso de los Libres (Provincia de CORRIENTES), el cual se mantendrá invariable durante todo el período mensual correspondiente.ARTÍCULO 2°.- Para la determinación conforme el artículo precedente, el personal del Centro de Frontera se encargará mensualmente de relevar, certificar y publicar en el sitio web del MINISTERIO DEL INTERIOR el valor de la Unidad Tarifaria (U.F), la que será de aplicación automática, resultando exigible durante el período mensual correspondiente.ARTÍCULO 3°.- Establécese un plazo de gracia de TRES (3) horas a partir del pago del ticket de salida de las Playas de Estacionamiento del Complejo Terminal de Cargas (CO.TE.CAR); luego del cual se deberá abonar el valor equivalente a SEIS (6) Unidades Fijas.ARTÍCULO 4°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA, y no tendrá efecto sobre las operaciones realizadas con anterioridad.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Gustavo Coriae. 01/06/2026 N° 36986/26 v. 01/06/2026
Fecha de publicación 01/06/2026