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DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL actualiza procedimiento para oficios judiciales

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL actualiza procedimiento para oficios judiciales

Se implementa el Sistema DEOX para gestionar oficios judiciales al Boletín Oficial

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342499/20260528

Se establece el Sistema DEOX para la recepción de oficios judiciales al Boletín Oficial de la República Argentina, reemplazando el procedimiento anterior establecido por la Disposición 2/2019.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo de bajo impacto que afecta a un procedimiento interno de un organismo específico.

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Disposición 1/2026

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL Disposición 1/Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2026VISTO el EX-2024-71353643- -APN-DNRO#SLYT y la Disposición DNRO N°2 del 13 de marzo de 2019, yCONSIDERANDO:Que, por la Disposición 2/2019, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN dispuso el procedimiento de recepción de los oficios judiciales dirigidos al Boletín Oficial de la República Argentina, estableciendo como único y exclusivo canal de ingreso de los mismos el correo electrónico oficios@boletinoficial.gob.ar.Que el Poder Judicial de la Nación, en su búsqueda constante de la modernización y optimización de sus procesos, ha implementado el Sistema de Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos - DEOX para mejorar la eficiencia y seguridad en la gestión de los oficios judiciales.Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital brinda el marco normativo necesario para la validez jurídica de los documentos electrónicos y las firmas digitales, otorgando plena legitimidad a los oficios judiciales diligenciados a través de DEOX.Que, en el mes de mayo del año 2019, se firmó un convenio entre la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y la Comisión de Gestión Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el que se acordaron los “Términos y Condiciones para el uso del Diligenciamiento Electrónico de Oficios con Organismos Externos al Poder Judicial – DEOX”.Que el DEOX permite una comunicación más rápida y segura entre el Poder Judicial de la Nación y la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL – Boletín Oficial de la República Argentina, reduciendo los tiempos de tramitación y los costos asociados a la gestión de documentos en formato físico.Que el uso de plataformas electrónicas como DEOX contribuye a la transparencia y trazabilidad de las comunicaciones oficiales, asegurando que las mismas sean accesibles y verificables en cualquier momento.Que resulta necesario adaptar la normativa que rige actualmente los canales de recepción de los oficios judiciales remitidos al Boletín Oficial de la República Argentina.Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES Y TÉCNICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Anexo II del Decreto N° 78 del 20 de enero de 2000.Por ello,EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICIALDISPONE:Artículo 1°- Modifícase el artículo 1° de la DI-2019-2-APN-DNRO#SLYT, el cual quedará redactado con el siguiente texto:“Artículo 1°- Los oficios judiciales dirigidos al Boletín Oficial de la República Argentina emanados de los juzgados del Fuero Nacional y del Fuero Federal se recibirán exclusivamente por el “Sistema de Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos – DEOX”, en el que se encuentra identificado como “Destino: 60000000029 Dirección Nacional del Registro Oficial - Boletín Oficial”.Los oficios judiciales emanados de los fueros provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser enviados exclusivamente por mail a la casilla oficios@boletinoficial.gob.ar, remitiéndose la constancia de la recepción al correo electrónico del remitente.”.Artículo 2°- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.Walter Ruben Gonzaleze. 28/05/2026 N° 36024/26 v. 28/05/2026 Fecha de publicación 28/05/2026