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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Homologan convenio laboral en el sector ferroviario

Homologan convenio laboral en el sector ferroviario

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologa un convenio que establece incrementos salariales para los trabajadores de la empresa SOFSA.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342466/20260527

La homologación del convenio laboral en el sector ferroviario por parte de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo es un paso importante para la estabilidad y previsibilidad en las relaciones laborales del sector. Garantiza que los acuerdos entre empleadores y sindicatos se ajustan a la normativa laboral vigente y que se respetan los derechos de los trabajadores.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • En los ultimos 120 dias se detectaron 13 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (12) y MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (1).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (8), sector publico laboral (2), gastronomia y hoteleria (1).
Serie laboral

Acuerdos homologados recientes

En los ultimos 120 dias se detectaron 13 avisos vinculados con homologacion o registro de acuerdos laborales.

Organos mas activos
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO12
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL1
Ramas inferidas
  • comercio y servicios8
  • sector publico laboral2
  • gastronomia y hoteleria1
  • industria textil1
  • La mayor concentracion aparece en MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO (12) y MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL (1).
  • Los sectores mas repetidos son comercio y servicios (8), sector publico laboral (2), gastronomia y hoteleria (1).
  • La inferencia se basa en titulos, organismos y texto oficial disponible; no reemplaza la lectura del acuerdo homologado completo.
Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia de este acto radica en su impacto directo en los salarios y condiciones laborales de los trabajadores del sector ferroviario, así como en la estabilidad de las relaciones laborales y la planificación de la empresa en el sector.

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Homologación de acuerdo entre CITY CENTER IGUAZU S.A. y UTHGRA Seccional Puerto Iguazú

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó mediante Disposición 50/2026 un acuerdo colectivo celebrado entre CITY CENTER IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA y la Seccional Puerto Iguazú de UTHGRA, conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744.

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Disposición 51/2026 homologa acuerdo entre Eternit Argentina y Federación Obrera del Fibrocemento y Afines

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó un acuerdo entre Eternit Argentina Sociedad Anónima y la Federación Obrera del Fibrocemento y Afines, referido a suspensiones de personal con prestación no remunerativa bajo el artículo 223 bis de la Ley 20.744.

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Registración de acuerdo entre Asociación de Médicos de la Actividad Privada y Silver Cross America Inc.

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dispuso la registración del acuerdo obrante en el documento RE-2021-99329014-APN-DGD#MT y su acta complementaria, celebrado entre la Asociación de Médicos de la Actividad Privada y Silver Cross America Inc. Sociedad Anónima.

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Texto original

Disposición 68/2026

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO Disposición 68/Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2026VISTO el Expediente Nº EX-2025-120298695- -APN-DGDTEYSS#MCH, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias, yCONSIDERANDO:Que en el documento Nº IF-2025-122449212-APN-DNC#MCH del Expediente Nº EX-2025-120298695- -APN-DGDTEYSS#MCH obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS, por la parte sindical, y la EMPRESA OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD ANONIMA (SOFSA), por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).Que mediante los mentados acuerdos las partes pactan incrementos salariales, conforme a las condiciones y términos pactados.Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta la entidad empresaria firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.Que la COMISIÓN TÉCNICO ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL tomó la intervención que le compete.Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.Que la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención correspondiente conforme las prescripciones establecidas en el Decreto N° 322/17.”Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención que le compete.Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.Que, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo y en virtud de la autorización efectuada mediante Resolución Nº RESOL-2021-301-APN-MT del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y su consecuente Disposición Nº DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO y sus prórrogas, se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.Por ello,LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES y REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el documento Nº IF-2025-122449212-APN-DNC#MCH del Expediente Nº EX-2025-120298695- -APN-DGDTEYSS#MCH celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS, por la parte sindical, y la EMPRESA OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD ANONIMA (SOFSA), por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de proceder al registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Disposición.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo de esta Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente expediente.ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuita de los instrumentos homologados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Mara Agata MentoroNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 27/05/2026 N° 35120/26 v. 27/05/2026 Fecha de publicación 27/05/2026   Anexo - 1