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MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Incremento de recompensa en busca de desaparecida

Incremento de recompensa en busca de desaparecida

El Ministerio de Seguridad Nacional eleva la recompensa a $20 millones para localizar a Guadalupe Belén LUCERO CIALONE.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342432/20260527

El Ministerio de Seguridad Nacional ha elevado la recompensa económica para localizar a Guadalupe Belén LUCERO CIALONE a PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), lo que refleja la gravedad del caso y la importancia de actualizar la información para mejorar las posibilidades de éxito en la búsqueda.

El Ministerio de Seguridad Nacional ha utilizado la Ley N° 26.538 en varias ocasiones para ofrecer recompensas en casos de personas desaparecidas. Esta normativa establece el marco legal para la oferta y pago de recompensas, permitiendo que el Ministerio actúe de manera rápida y efectiva en situaciones de emergencia como la desaparición de personas.

La familia y amigos de Guadalupe Belén LUCERO CIALONE, así como cualquier ciudadano que pueda aportar información relevante para la resolución del caso.

Criterio editorial

Por qué importa

La incrementación de la recompensa tiene una alta trascendencia ya que demuestra el compromiso del Estado con la resolución de casos de desaparición de personas y puede ser un incentivo para que ciudadanos aporten información crucial.

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Resolución 472/2026

MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Resolución 472/Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-44442513- -APN-UOPNR#MSG, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 828 del 27 de septiembre de 2019, 434 del 30 de agosto de 2021, 334 del 24 de mayo de 2023, yCONSIDERANDO:Que ante el Juzgado de Instrucción en lo Penal N° 2 de la Provincia de San Luis, a cargo del Doctor Ariel Gustavo PARRILLIS, tramitan los autos caratulados “ESC. N° 1701/21, “SISTEMA FEDERAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y EXTRAVIADAS (SIFEBU) MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN-SOLICITA ALERTA SOFÍA”.Que oportunamente se dictó la Resolución N° RESOL-2021-434-APN-MSG, mediante la cual se ofreció una recompensa, de acuerdo a la Ley N° 26.538, de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Guadalupe Belén LUCERO CIALONE, Argentina, titular del D.N.I. N° 55.151.732, quien habría sido vista por última vez el día 14 de junio de 2021, aproximadamente a las 19:20 horas, en el Barrio 544 Viviendas de la ciudad de San Luis, provincia homónima.Que, con posterioridad, se dictó la Resolución N° RESOL-2023-334-APN-MSG, mediante la cual se reemplazó la imagen contenida en el afiche de difusión de recompensa aprobado por la Resolución N° RESOL-2021-434-APN-MSG, a fin de incorporar una representación más precisa de las características físicas de la menor Guadalupe Belén LUCERO CIALONE al momento de su desaparición.Que, mediante oficios del 10 de abril de 2026, el Doctor Marcelo Luis COLOMBO, en su carácter de integrante del equipo de trabajo de fiscales designado para intervenir conjuntamente (Res. MP 246/21) en el expediente FMZ 9787/2021 (caso Coirón 36.666/21), que tramita en la Fiscalía Federal de San Luis en los términos del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación, solicitó a este Ministerio se incremente el monto de la recompensa oportunamente ofrecida a través de la Resolución N° RESOL-2021-434-APN-MSG y se sustituya la imagen utilizada en los afiches de difusión por otra imagen de la menor proyectada a su edad actual.Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.Que el artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa, mientras que el artículo 2° indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta Cartera. Asimismo, el artículo 3° dispone que los montos establecidos en el artículo 1° del mencionado Anexo deberán actualizarse en consideración al tiempo transcurrido desde el ofrecimiento de recompensa.Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3° del Anexo II de la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar el monto de la mencionada recompensa.Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y por los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y en la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG.Por ello,LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONALRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución N° RESOL-2021-434-APN-MSG a la suma total de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), destinada para aquellas personas que brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Guadalupe Belén LUCERO CIALONE, argentina, titular del D.N.I. N° 55.151.732, quien habría sido vista por última vez, el día 14 de junio de 2021, aproximadamente a las 19:20 horas en el Barrio 544 Viviendas, de la ciudad de San Luis, provincia homónima.ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente, a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio.ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2026-44934670-APN-DNNYRPJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente resolución.ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Alejandra Susana MonteolivaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 27/05/2026 N° 35552/26 v. 27/05/2026 Fecha de publicación 27/05/2026   Anexo - 1