La Disposición 2991/2026 incorpora al ordenamiento jurídico nacional una norma del Mercosur previamente aprobada por el Grupo del Mercado Común, en cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión N° 20/02 del Consejo del Mercado Común. La norma incorporada establece requisitos mínimos para inspecciones en establecimientos que trabajan con Productos Controlados. El aviso no informa la definición, alcance o categorías específicas de dichos productos.
El aviso hace referencia al Tratado de Asunción (Ley Nº 23.981) y al Protocolo de Ouro Preto (Ley Nº 24.560), ambos incorporados al derecho argentino, y señala que las normas MERCOSUR deben incorporarse al ordenamiento nacional conforme a los procedimientos previstos en la legislación interna.
El aviso no informa quiénes son los sujetos afectados por la aplicación de la Resolución GMC Nº 46/15, ni especifica si se trata de establecimientos públicos, privados, productores, importadores u otros operadores.
Por qué importa
Porque constituye la incorporación formal al ordenamiento jurídico nacional de una norma regional vinculada a la fiscalización de establecimientos que trabajan con Productos Controlados, conforme a compromisos asumidos en tratados internacionales incorporados a la ley argentina.
