El Interventor del ENACOM resolvió cancelar formalmente dos registros previos de servicios de comunicaciones otorgados a una cooperativa limitada, conforme a las resoluciones citadas. La medida se hace efectiva a partir del 5 de enero de 2026 y requiere su asiento en los registros pertinentes del organismo. El aviso no informa motivos, antecedentes, procedimientos previos ni consecuencias operativas derivadas de la cancelación.
El aviso no informa antecedentes históricos, cronológicos ni institucionales relativos al ENACOM, su gestión o su situación administrativa.
La COOPERATIVA TELEFONICA, DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE CORONEL ARNOLD LIMITADA es la única entidad afectada expresamente por la cancelación de sus registros.
Por qué importa
Es trascendente porque dispone la extinción formal de habilitaciones regulatorias previamente otorgadas por el ENACOM para prestar servicios de telecomunicaciones, según lo establecido en resoluciones anteriores y con fecha de entrada en vigencia definida.