El aviso publica una convocatoria formal para que asociaciones de primer grado de ex combatientes de Malvinas, debidamente inscriptas y domiciliadas en una provincia o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designen un representante según lo previsto en el artículo 2° del Reglamento aprobado por la Resolución N° 21/2024. Las entidades deben cumplir requisitos documentales específicos: presentar copia certificada o legalizada del estatuto, del acta de designación firmada por el presidente y una declaración de la cantidad total de asociados inscriptos. Los representantes designados participarán en una asamblea para elegir a los cinco ex combatientes y al representante de familiares de caídos que integrarán la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas. El plazo para presentar la designación es de treinta días corridos desde la publicación del edicto.
El aviso no informa antecedentes históricos, cronología previa ni evolución institucional de la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.
Asociaciones de primer grado de ex combatientes de Malvinas, inscriptas ante la autoridad registral competente y domiciliadas en una provincia o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por qué importa
Tiene trascendencia alta porque regula un proceso formal de designación de representantes con incidencia directa en la conformación de la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas, instancia prevista para elegir sus integrantes según el Reglamento citado.
