La Resolución 152/2026 del INCUCAI sustituye el Anexo V de la Resolución N° 364/2024, estableciendo nuevos costos para la procuración de órganos obtenidos bajo el Programa Nacional de Perfusión Renal. El cambio responde a la previsión contenida en la Resolución N° 364/2024 de avanzar hacia la facturación del proceso a las entidades encargadas de la cobertura de los receptores, tras un período inicial de financiamiento directo por parte del INCUCAI.
El Programa Nacional de Perfusión Renal fue aprobado originalmente por la Resolución INCUCAI N° 364/2024, la cual reguló integralmente el proceso —desde criterios de inclusión y exclusión hasta ablación, logística, monitoreo, instrumental, acreditación de cirujanos y pautas de financiamiento— y previó una transición hacia la facturación a terceros.
Entidades encargadas de la cobertura de los receptores de trasplantes renales, y el INCUCAI como entidad financiadora inicial del programa.
Por qué importa
La medida representa una etapa prevista de transición financiera dentro del Programa Nacional de Perfusión Renal, pasando del financiamiento inicial a cargo del INCUCAI a la facturación a las entidades prestadoras de cobertura.
