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INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

INCUCAI sustituye el Anexo V del Programa Nacional de Perfusión Renal

INCUCAI sustituye el Anexo V del Programa Nacional de Perfusión Renal

La Resolución 152/2026 modifica el marco regulatorio del Programa Nacional de Perfusión Renal, actualizando los costos asociados a la procuración de órganos en su marco.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341695/20260508

La Resolución 152/2026 del INCUCAI sustituye el Anexo V de la Resolución N° 364/2024, estableciendo nuevos costos para la procuración de órganos obtenidos bajo el Programa Nacional de Perfusión Renal. El cambio responde a la previsión contenida en la Resolución N° 364/2024 de avanzar hacia la facturación del proceso a las entidades encargadas de la cobertura de los receptores, tras un período inicial de financiamiento directo por parte del INCUCAI.

El Programa Nacional de Perfusión Renal fue aprobado originalmente por la Resolución INCUCAI N° 364/2024, la cual reguló integralmente el proceso —desde criterios de inclusión y exclusión hasta ablación, logística, monitoreo, instrumental, acreditación de cirujanos y pautas de financiamiento— y previó una transición hacia la facturación a terceros.

Entidades encargadas de la cobertura de los receptores de trasplantes renales, y el INCUCAI como entidad financiadora inicial del programa.

Criterio editorial

Por qué importa

La medida representa una etapa prevista de transición financiera dentro del Programa Nacional de Perfusión Renal, pasando del financiamiento inicial a cargo del INCUCAI a la facturación a las entidades prestadoras de cobertura.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Resolución 152/2026

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE Resolución 152/Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2026VISTO el expediente EX-2024-110503272-APN-DM#INCUCAI, las disposiciones de la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, el Decreto Nº 16/2019, la Resolución INCUCAI N° 364/2024; yCONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución INCUCAI N° 364/2024, se aprobó PROGRAMA NACIONAL DE PERFUSIÓN RENAL con el objeto de implementar la utilización de máquinas de perfusión en los procesos de donación-trasplante y, consecuentemente, incrementar la procuración de órganos marginales o de donante expandido, mejorando la calidad de los órganos ofrecidos al sistema de donación para su implante.Que la citada norma, a través de sus diversos anexos, reguló la totalidad del proceso: desde los criterios de inclusión y exclusión hasta la ablación, la logística y el monitoreo de los equipos; a la vez que especifica el instrumental necesario, los requisitos para la acreditación de cirujanos y las pautas de financiamiento.Que, respecto de este último punto y conforme se desprende de la citada resolución, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) asumió el financiamiento inicial con la finalidad de asegurar la puesta en marcha y sustentabilidad del Programa, previendo en una etapa posterior su facturación a las entidades encargadas de la cobertura de los receptores.Que, en virtud de lo expuesto y en atención al tiempo transcurrido desde su implementación, corresponde avanzar en el sentido previsto y establecer los costos del proceso de procuración de los órganos que se obtengan en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE PERFUSIÓN RENAL.Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.Que quienes suscriben la presente se encuentran facultados para resolver en esta instancia, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 57 de la Ley Nº 27.447, y el artículo 28 de su Decreto reglamentario Nº 16/2019.Que la medida que se adopta ha sido aprobada por el DIRECTORIO en su sesión de fecha 07 de mayo de 2026, conforme surge del texto del Acta Nº 18.Por ello;EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTERESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el ANEXO V (IF-2024-123719845-APNDM#INCUCAI) de la Resolución INCUCAI N° 364/2024 por la que se aprobó el PROGRAMA NACIONAL DE PERFUSIÓN RENAL, por el ANEXO V (IF-2026-43530754-APN-DA#INCUCAI) que forma parte de la presente medida, en virtud de los fundamentos expuestos en sus considerandos.ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos SorattiNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 08/05/2026 N° 30490/26 v. 08/05/2026 Fecha de publicación 08/05/2026   Anexo - 1