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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires se inscribe en Sección Especial del Registro para pequeños contribuyentes

Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires se inscribe en Sección Especial del Registro para pequeños contribuyentes

La Resolución 863/2026 de la Superintendencia de Servicios de Salud dispone la inscripción de la Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (RNAS N° 1-1510-2) en la Sección Especial del Registro de Agentes del Seguro de Salud para la cobertura médico asistencial de pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341668/20260507

El aviso registra una inscripción formal en una sección específica del registro creado por la Resolución 492/2026, como consecuencia de la manifestación expresa de voluntad de la obra social y la verificación técnica del cumplimiento de requisitos por la Gerencia de Control Prestacional. No se informa sobre operatividad, cobertura efectiva, condiciones de afiliación, ni alcance práctico de la inscripción.

El aviso no informa sobre antecedentes históricos, dependencias institucionales, políticas públicas ni objetivos regulatorios más allá de lo expresado en los fundamentos legales citados (Decreto 1/2010, Resolución 492/2026).

El aviso identifica a la Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires como la entidad afectada por la inscripción. No se mencionan ni caracterizan a los pequeños contribuyentes ni a terceros.

Criterio editorial

Por qué importa

Es trascendente porque constituye una decisión formal de inscripción en un registro regulatorio específico, con efectos administrativos vinculados a la condición de agente del seguro de salud para un régimen definido legalmente.

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Texto original

Resolución 863/2026

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 863/Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-42229541- -APN-CRAS#SSS, el Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 492 del 18 de marzo de 2026, yCONSIDERANDO:Que la OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (RNAS N° 1-1510-2) manifestó su voluntad de inscribirse en la Sección Especial del REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, conforme surge del acta presentada.Que el artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010 creó el REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, en el ámbito de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, estableciendo que en el mismo se inscribirán las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten recibir a los pequeños contribuyentes adheridos a dicho régimen como parte integrante de su población beneficiaria.Que, a su vez, la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 492/2026 incorporó una Sección Especial dentro del mencionado registro, destinada a la inscripción de los Agentes del Seguro de Salud que manifiesten su voluntad de recibir afiliados monotributistas provenientes de Agentes del Seguro de Salud dados de baja.Que la inscripción en dicha Sección Especial implica la manifestación expresa de la entidad de su voluntad de asumir la condición indicada, en los términos de la normativa vigente.Que la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL analizó la presentación efectuada por el Agente del Seguro de Salud y, en el marco de sus competencias técnicas, verificó el cumplimiento de los requisitos aplicables, propiciando en consecuencia la inscripción solicitada.Que, en ese marco, corresponde formalizar la inscripción de la entidad mencionada en la Sección Especial del registro referido.Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 440 del 27 de junio de 2025.Por ello,EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Inscríbase en la Sección Especial del REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, incorporada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 492 del 18 de marzo de 2026, a la OBRA SOCIAL DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (RNAS N° 1-1510-2).ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, vincúlese al expediente electrónico que le dio origen.Claudio Adrián Stivelmane. 07/05/2026 N° 29708/26 v. 07/05/2026 Fecha de publicación 07/05/2026

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