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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

Autorización de ingreso de firmas como Grandes Usuarios Menores al Mercado Eléctrico Mayorista

Autorización de ingreso de firmas como Grandes Usuarios Menores al Mercado Eléctrico Mayorista

La Resolución 112/2026 autoriza, a partir del 1° de mayo de 2026, el ingreso de firmas específicas como agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) en la condición de Grandes Usuarios Menores (GUMEs).

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341624/20260506

La resolución aprueba el ingreso de firmas cuyas solicitudes fueron publicadas en el Boletín Oficial N° 35.893 del 21 de abril de 2026 y que, según CAMMESA y la normativa aplicable (Anexo 17 de Los Procedimientos), cumplen los requisitos para ser GUMEs. Se establece la obligación de prestación de la Función Técnica de Transporte (FTT) por parte de las empresas distribuidoras o Prestadores Adicionales indicados en el Anexo, y se instruye al Organismo Encargado del Despacho (OED) para difundir la decisión entre los agentes del MEM. El aviso no informa los nombres de las firmas ni sus actividades económicas.

La medida se dicta en base a la Ley Nº 24.065, el Decreto Nº 50/2019 y resoluciones anteriores de la ex Secretaría de Energía Eléctrica (Nº 61/92 y Nº 137/92), además de la Resolución Nº 95/2013 de la ex Secretaría de Energía. El aviso no informa cambios históricos, evolución normativa ni antecedentes de aplicación de estas normas.

Las firmas cuyos nombres figuran en el Anexo (IF-2026-42160438-APN-DNRYDSE#MEC) y las empresas distribuidoras o Prestadores Adicionales de la FTT indicadas en ese mismo Anexo. El aviso no informa identidad, rubro, tamaño ni ubicación de las firmas ni de los prestadores.

Criterio editorial

Por qué importa

Porque constituye una decisión administrativa de habilitación regulatoria específica para el ingreso de agentes al Mercado Eléctrico Mayorista bajo la figura de Grandes Usuarios Menores, conforme a procedimientos técnicos y documentales verificados por CAMMESA y la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico.

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Texto original

Resolución 112/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA Resolución 112/Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-38632082- -APN-DGDA#MEC, y el Expediente N° EX-2026-41196191- -APN-DGDA#MEC en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que las firmas indicadas en el Anexo (IF-2026-42160438-APN-DNRYDSE#MEC) que integra esta resolución han presentado la solicitud correspondiente para el ingreso, a partir del 1 de mayo de 2026, de sus respectivos puntos de suministro como agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en la condición de Grandes Usuarios Menores (GUMEs), conforme lo establecen las Resoluciones Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificaciones.Que las firmas citadas suscribieron el correspondiente Formulario de Adhesión resultante de la aplicación de la Resolución N° 95 de fecha 22 de marzo de 2013 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.Que para la vinculación de las instalaciones eléctricas de cada punto de suministro de las firmas solicitantes con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI), se deberá contar con la prestación de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) por parte de cada uno de los correspondientes prestadores indicados en el mencionado Anexo.Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó, mediante la nota B-184427-3 de fecha 16 de abril de 2026 (IF-2026-38633014- -APN-DGDA#MEC), que las firmas solicitantes cumplen con los requisitos impuestos por el Anexo 17 de Los Procedimientos.Que las firmas solicitantes cumplieron con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.Que las correspondientes solicitudes de ingreso al MEM fueron publicadas en el Boletín Oficial de la República Argentina N° 35.893 del 21 de abril de 2026.Que las objeciones u oposiciones y desistimientos presentados fueron considerados para emitir la presente.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por la Resolución Nº 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.Por ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso de las firmas que figuran en el Anexo (IF-2026-42160438-APN-DNRYDSE#MEC) que integra esta resolución, como agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en la condición de Grandes Usuarios Menores (GUMEs), a partir del 1° de mayo de 2026, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.ARTÍCULO 2°.- Establécese que las empresas distribuidoras o los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) que se encuentran indicados en el mencionado Anexo deberán prestar a los respectivos puntos de suministro de las firmas cuyo ingreso se autoriza por este acto, la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT).ARTÍCULO 3°.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en este acto.ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los nuevos agentes, a las respectivas empresas prestadoras de la FTT, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.María Carmen TettamantiNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 06/05/2026 N° 29190/26 v. 06/05/2026 Fecha de publicación 06/05/2026   Anexo - 1