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AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Se aprobó y registró el curso 'Conducción Segura de Ambulancias 4x2 y 4x4' de la Fundación El Viento Blanco

Se aprobó y registró el curso 'Conducción Segura de Ambulancias 4x2 y 4x4' de la Fundación El Viento Blanco

La Agencia Nacional de Seguridad Vial emitió la Disposición 117/2026 el 30 de abril de 2026, aprobando y registrando un curso específico presentado por la Fundación El Viento Blanco (CUIT 30-71284680-8).

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341578/20260505

La resolución comunica la aprobación y registro del curso 'CONDUCCIÓN SEGURA DE AMBULANCIAS 4X2 Y 4X4' en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial, conforme a los requisitos establecidos en la Disposición ANSV Nº 380/2012 y sus modificatorias. El aviso no informa sobre cambios institucionales, reformas normativas ni evaluaciones de desempeño de la ANSV.

El aviso no informa sobre antecedentes históricos, fechas de sanción de leyes ni evolución institucional de la ANSV.

La persona jurídica FUNDACIÓN EL VIENTO BLANCO (CUIT 30-71284680-8), como solicitante del registro del curso; y potencialmente los capacitadores, docentes y alumnos que participen del curso aprobado.

Criterio editorial

Por qué importa

La resolución constituye un acto administrativo de registro y aprobación de un curso específico de capacitación vial, con efectos limitados al ámbito del Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial.

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Documento base

Texto original

Disposición 117/2026

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Disposición 117/Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2026VISTO el EX-2026-33221467- -APN-DGA#ANSV las Leyes Nº 24.449, Nº 26.363, los Decretos Nº 195 del 26 de febrero de 2024, y 293 del 8 de abril de 2024, las Disposiciones ANSV Nº 380 de fecha 24 de agosto de 2012 y sus modificatorias y ANSV N° 84 de fecha 9 de abril de 2025 yCONSIDERANDO:Que por Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), como organismo descentralizado actualmente en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA, conforme los Decretos N°195/2024 y Nº 293/2024.Que por la mencionada ley se la designó como autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacional previstas en la normativa vigente en la materia, y entre sus funciones se encuentran las de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional.Que por Disposición ANSV Nº 380/2012 -modificada por Disposiciones ANSV Nros 168/2013, 121/2016,555/2013, 597/2019- se creó en el ámbito de la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES de la ANSV el registro de establecimientos prestadores de capacitación en materia de tránsito y seguridad vial, cuya función es llevar un registro actualizado de las instituciones, entes y entidades, academias, asociaciones públicas y/o privadas, que efectúen y presten servicios de capacitación en materia de tránsito y seguridad vial, y también llevar el registro de capacitadores, docentes, planes de estudio, cursos que en la materia se dicten y de los ciudadanos que realicen y aprueben los mismos.Que en el anexo I de la norma citada se regula el procedimiento de inscripción ante el referido registro, y se estipula que la inscripción habilita a las entidades registradas a presentar cursos y programas de estudios ante esta ANSV, para su análisis, y eventual aprobación y registro.Que la persona jurídica FUNDACIÓN EL VIENTO BLANCO (CUIT 30-71284680-8) ha sido inscripta en el registro por Disposición ANSV N° 84/2025.Que, en el presente marco, la persona jurídica FUNDACIÓN EL VIENTO BLANCO (CUIT 30-71284680-8) ha solicitado a esta ANSV la inscripción del curso denominado “CONDUCCIÓN SEGURA DE AMBULANCIAS 4X2 Y 4X4” presentando a tal efecto, la documentación exigida en la legislación vigente.Que la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES de la ANSV certificó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento vigente en la materia, como así también los contenidos del curso presentado, emitiendo consecuentemente el respectivo informe técnico de factibilidad de inscripción en el registro.Que por consecuencia, encontrándose acreditados y cumplimentados por parte del área técnica competente los requisitos exigidos para la inscripción, corresponde dictar el acto administrativo aprobando y registrando en el registro nacional de antecedentes en educación y capacitación vial, el curso denominado “CONDUCCIÓN SEGURA DE AMBULANCIAS 4X2 Y 4X4” presentado por la persona jurídica FUNDACIÓN EL VIENTO BLANCO (CUIT 30-71284680-8).Que la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES y la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION han tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico de la ANSV ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º inciso b) de la Ley Nº 26.363.-Por ello,EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:ARTÍCULO 1º. Apruébase y registrase en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial el curso denominado “CONDUCCIÓN SEGURA DE AMBULANCIAS 4X2 Y 4X4” presentado por la persona jurídica FUNDACIÓN EL VIENTO BLANCO (CUIT 30-71284680-8), de conformidad con lo dispuesto en la Disposición ANSV N° 380/12, concordantes y modificatorias.ARTICULO 2º. La aprobación y registración otorgada tendrá una vigencia de un (1) año, contada a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.ARTICULO 3º. La vigencia indicada en el artículo 2º de la presente, quedará supeditada al cumplimiento por parte de la persona jurídica FUNDACIÓN EL VIENTO BLANCO (CUIT 30-71284680-8), de lo regulado por la Disposición ANSV Nº 380/2012 y sus modificatorias, encontrándose facultada la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES a implementar auditorías periódicas y permanentes y sugerir la baja del registro cuando corresponda, ante incumplimientos acreditados.ARTÍCULO 4º. Instrúyase a la DIRECCION DE CAPACITACION Y CAMPAÑAS VIALES a incorporar a la entidad al sistema informático, asignar el respectivo número de registro, emitir y notificar el correspondiente certificado del curso inscripto en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial de la ANSV.ARTÍCULO 5º. Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese.Francisco Diaz Vegae. 05/05/2026 N° 28873/26 v. 05/05/2026 Fecha de publicación 05/05/2026