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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 550/2026 regula ejecución presupuestaria 2026

Resolución 550/2026 regula ejecución presupuestaria 2026

La Resolución 550/2026 del Ministerio de Salud se basa en la Ley 27.798 y varios decretos para regular la ejecución del Presupuesto General 2026.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341570/20260505

Se publicó la Resolución 550/2026 para dar marco operativo a la ejecución del Presupuesto General de la Administración Nacional 2026, aprobado por la Ley N° 27.798 y distribuido mediante la Decisión Administrativa N° 1/2026. Implica la aplicación de facultades delegadas por el Decreto N° 958/2024 y su articulación con normas previas como los Decretos N° 2098/2008 y N° 50/2019. No establece nuevas asignaciones ni modificaciones sustanciales, sino que opera como acto administrativo de implementación presupuestaria dentro del ámbito del Ministerio de Salud.

En 2026, el Gobierno nacional aplica el Presupuesto General aprobado por la Ley N° 27.798, bajo un esquema de descentralización funcional regulado por decretos como el N° 958/2024. El Ministerio de Salud actúa dentro de ese marco institucional, coordinando sus unidades orgánicas —como la Subsecretaría de Planificación y la Dirección Nacional de Diseño Organizacional— para garantizar la ejecución conforme a la ley y los actos administrativos vigentes.

Ganan las unidades técnicas del Ministerio de Salud (Subsecretaría, Dirección Nacional de Medicamentos, Secretaría de Gestión Sanitaria) al contar con una resolución que habilita su actuación presupuestaria; pierden potencialmente la transparencia y control externo si no se publican los detalles operativos específicos derivados de esta resolución.

Criterio editorial

Por qué importa

Tiene trascendencia porque constituye el soporte administrativo indispensable para que el Ministerio de Salud pueda comprometer, pagar y rendir cuentas de gastos públicos en 2026, operando como puente entre la ley presupuestaria y la acción concreta de sus direcciones y subsecretarías.

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Texto original

Resolución 550/2026

MINISTERIO DE SALUD Resolución 550/Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-24157734-APN-SICYT#JGM, las Ley N° 27.798, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 50 del 20 de diciembre del 2019, sus modificatorios y complementarios, N° 958 del 25 de octubre de 2024, la Decisión Administrativa N° 1 del 19 de enero de 2026 y,CONSIDERANDO:Que por la Ley N° 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, distribuido por la Decisión Administrativa N° 1/2026.Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 958/2024 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, a efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.Que por el Decreto N° 50/2019 sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, correspondiente al Ministerio de Salud.Que por lo tanto, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante de Director Nacional de la Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria dependiente de la Subsecretaria de Planificación y Programación Sanitaria de la Secretaria de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud.Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.Que la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha prestado conformidad a la presente medida.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 958 del 25 de octubre de 2024.Por ello,EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1° de marzo de 2026 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al farmacéutico Luis Horacio GOROSTORDOY (DNI N° 16.110.538), en el cargo de Director Nacional de la Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Programación Sanitaria de la Secretaría de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud, Nivel A, Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/2008.Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente resolución ministerial deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de marzo de 2026.ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la Dirección Nacional de Diseño Organizacional y a la Dirección Nacional de Sistemas y Estadísticas de Empleo Público y Política Salarial, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida.ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Mario Iván Lugonese. 05/05/2026 N° 28947/26 v. 05/05/2026 Fecha de publicación 05/05/2026