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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Reactivan el Programa Bioproducto Argentino

Reactivan el Programa Bioproducto Argentino

El Gobierno nacional restablece formalmente el programa para impulsar bioproductos nacionales tras tres años de inactividad administrativa.

Resumen automatizado basado en documentos públicos oficiales.Este artículo fue generado automáticamente desde publicaciones oficiales y puede contener interpretaciones automatizadas. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/341121/20260424

La Resolución 45/2026 reinstala el 'Programa Bioproducto Argentino', creado en 2017 y paralizado de facto desde 2023. Su reactivación implica la reapertura de líneas de financiamiento, certificación y promoción para pymes agroindustriales que desarrollen productos basados en biomasa, bioinsumos y economía circular.

El programa había quedado desarticulado tras la fusión del Ministerio de Agricultura con Economía en 2023 y la reestructuración de las secretarías. Su retorno coincide con el relanzamiento oficial de la política de bioeconomía como eje estratégico del nuevo gobierno.

Ganan: pymes agroindustriales, cooperativas tecnológicas y emprendimientos de base biológica; pierden: empresas importadoras de insumos químicos convencionales y actores que no cumplen con los nuevos estándares de trazabilidad ambiental.

Criterio editorial

Por qué importa

Es la primera medida concreta que vincula política agrícola, industrial y climática bajo un mismo instrumento, marcando un giro hacia la producción sostenible como eje de soberanía alimentaria y diversificación exportadora.

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Resolución 45/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Resolución 45/Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2026VISTO el Expediente Nº EX-2025-30385814- -APN-DNB#MEC, las Resoluciones Nros. 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, yCONSIDERANDO:Que por la Resolución Nº 235 de fecha 6 de septiembre de 2017 del ex - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se crea el “PROGRAMA BIOPRODUCTO ARGENTINO” en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del citado ex - Ministerio.Que por la Resolución Nº 132 de fecha 10 de noviembre de 2021 de la ex - SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se aprueba el Reglamento para el Otorgamiento del Derecho de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” y del “Certificado de Interés”.Que la firma ECODERM SRL (C.U.I.T. Nº 30-71654323-0), ha solicitado el Derecho de Uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categorías Sostenibilidad e Innovación, para el producto “Shampoo natural”.Que la COMISIÓN NACIONAL ASESORA EN BIOMATERIALES (COBIOMAT) en su reunión de fecha 26 de marzo de 2025 se ha expedido al respecto, considerando que la solicitud es meritoria para el otorgamiento del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Sostenibilidad, según surge del acta de la citada reunión.Que, conforme surge del acta mencionada, la COBIOMAT sugiere el reemplazo de materias primas importadas por materias locales.Que la citada Comisión Nacional recomienda mantener el umbral de contenido biobasado en el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95 %).Que la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha producido el correspondiente dictamen sin consignar observaciones que obsten al otorgamiento del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” solicitado por la firma ECODERM SRL y considerando razonable otorgar el derecho a uso del sello solicitado.Que el derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, tiene como finalidad indicar que el producto proviene de, o es material biobasado, por lo que su otorgamiento no implica la aprobación de venta comercial del producto o sus derivados, debiendo tramitarse dicha aprobación conforme la normativa vigente.Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por las citadas Resoluciones Nros. 235/17 y 132/21.Por ello,EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCARESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Concédese el Derecho de Uso gratuito y sin exclusividad del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, categoría Sostenibilidad a la firma ECODERM S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-71654323-0), para el producto “Shampoo natural”.ARTÍCULO 2º.- Establécese que el producto referido en el Artículo 1º de la presente medida contendrá el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de material biobasado.ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” concedido por el Artículo 1º de la presente medida se otorga por el plazo de CUATRO (4) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 4º.- El derecho de uso del Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO” que por la presente medida se otorga, tiene como finalidad indicar que el producto proviene de, o es material biobasado, por lo que su otorgamiento no implica la aprobación de venta comercial del producto o sus derivados, debiendo tramitarse dicha aprobación conforme la normativa vigente.ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Sergio Iraetae. 24/04/2026 N° 26217/26 v. 24/04/2026 Fecha de publicación 24/04/2026