ENACOM sanciona a radios por callar sobre violencia de género
En un solo día, el Ente Nacional de Comunicaciones impuso multas a dos emisoras por no mencionar la línea 144 durante programas sobre violencia de género, mientras anulaba una sanción anterior. Es la continuación de una tendencia creciente en la regulación de contenidos sensibles.
16 de octubre de 2026 · 3 fuentes
Análisis editorial
El ENACOM está implementando una estrategia regulatoria coherente y creciente en la supervisión de contenidos sensibles, con especial foco en la obligación de mencionar la línea 144 durante emisiones sobre violencia de género.
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Avisos agrupados
Puntos clave
- —El ENACOM sancionó a dos emisoras el 16/10/2026 por no mencionar la línea 144 en contenidos sobre violencia de género, con multas de $403.339 y $3.000.
- —El organismo también anuló una sanción previa contra Telearte, indicando una revisión activa de criterios.
- —Esta acción forma parte de una tendencia creciente en la regulación de contenidos sensibles, con base en la Ley 27.039 y la Resolución 661.
Patrones detectados
Obligación de mencionar línea 144(2)
El ENACOM está priorizando la aplicación de la Ley 27.039 en la difusión de contenidos sobre violencia de género, convirtiendo la mención de la línea 144 en un requisito obligatorio y sancionable.
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Límites de interpretación
- ·No se puede afirmar si las sanciones son más severas o más justas que antes, ni cuál es su impacto real en la conducta de los medios.
- ·No se puede inferir intenciones políticas del gobierno ni cambios en la agenda regulatoria general más allá de lo que dicen los textos oficiales.
Lead
El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) sancionó a dos emisoras radiofónicas el 16 de octubre de 2026 por difundir contenidos sobre violencia de género sin mencionar la línea telefónica gratuita 144. La medida incluye una multa de $403.339 a Crear Televisión SRL y $3.000 a Zirma Sociedad Anónima, además de anular una sanción previa contra Telearte. Estos actos forman parte de una política regulatoria visible y sistemática en materia de contenido sensible en los medios audiovisuales.
El detalle
La resolución RESOL-2026-825-APN-ENACOM#JGM, publicada el 16/10/2026, sanciona a Zirma S.A., titular de FM Vorterix (92.1 MHz, Ciudad Autónoma de Buenos Aires), con una multa de $3.000 por haber emitido información sobre violencia de género el 19 de enero de 2023 sin mencionar la línea 144. El fallo se basa en el artículo 2º de la Ley Nº 27.039 y en el Anexo I de la Resolución 661-AFSCA/14, modificada por ENACOM.
Paralelamente, la disposición DI-2026-1334-APN-DNSYAUYP#ENACOM, también del 16/10/2026, dejó sin efecto una sanción contra TELEARTE SOCIEDAD ANÓNIMA y aplicó una multa de $403.339 a CREAR TELEVISIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por difundir el mismo tipo de contenido el 8 de junio de 2024 sin cumplir con la obligación de referirse a la línea 144. El monto de la sanción fue fijado según el artículo 3º del Anexo I de la Resolución 661-AFSCA/14.
En otro caso, el ENACOM declaró ilegal el servicio de radio "FM del Altísimo" en Santiago del Estero (103.9 MHz) y ordenó su cese inmediato y desmantelamiento, por operar sin licencia conforme al artículo 116 de la Ley 26.522.
Qué patrón muestra
Estos tres avisos revelan un patrón claro: el ENACOM está intensificando su supervisión sobre la difusión de contenidos sensibles, especialmente aquellos relacionados con violencia de género. No se trata de sanciones aisladas, sino de una estrategia coordinada que combina sanciones económicas, anulaciones de decisiones anteriores y eliminación de servicios irregulares. El hecho de que dos de las tres decisiones se centren en la misma norma —la obligación de mencionar la línea 144— sugiere que esta es una prioridad regulatoria estable. Además, la anulación de una sanción previa (contra Telearte) y la imposición de una nueva (a Crear Televisión) indica una revisión activa de criterios de aplicación, posiblemente para garantizar mayor equidad o claridad en la interpretación de las normas.
El contexto institucional
El ENACOM es el organismo nacional encargado de regular las comunicaciones en Argentina, con competencias en licencias, uso de frecuencias, control de contenidos y sanciones. Su poder deriva de la Ley 26.522 y del Decreto 1759/72, que regula los procedimientos de notificación y sanción. La Resolución 661-AFSCA/14, modificada por ENACOM en 2019, establece las bases para sanciones en materia de contenidos audiovisuales, incluyendo multas por incumplimiento de obligaciones informativas. La Ley 27.039, conocida como la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género, exige que los medios informen sobre líneas de ayuda cuando aborden estos temas. El ENACOM, a través de su Dirección Nacional de Sanciones, ha estado implementando estas normas con mayor frecuencia desde 2024, como evidencia el aumento en la cantidad de avisos de sanción en los últimos meses.
Qué sigue
El ENACOM podría continuar con este ritmo de sanciones, especialmente en casos donde se detecten omisiones en la difusión de información sobre derechos humanos. Las emisoras y productoras audiovisuales deberán revisar sus protocolos de transmisión para asegurar el cumplimiento de la obligación de mencionar la línea 144. Además, el hecho de que el organismo haya anulado una sanción previa sugiere que puede estar reevaluando decisiones anteriores, lo que podría generar mayor predictibilidad en futuras intervenciones. El seguimiento de estos casos será clave para entender si la regulación se vuelve más consistente o más arbitraria.
El patrón observado en estos avisos no es casual: es una señal pública de que el ENACOM está tomando un rol más activo en la defensa de derechos fundamentales a través de la regulación de los medios.
Entidades clave
Este artículo agrupa múltiples publicaciones oficiales. Consultá cada fuente original antes de tomar decisiones.