Se dictó una resolución que declara ilegal el servicio de radio FM del Altísimo, operando en 103.9 MHz en Santiago del Estero, por incumplimiento de normas sobre licencias y uso de frecuencias. El fallo se basa en el artículo 116 de la Ley 26.522 y el marco del Decreto 1759/72, que regula los procedimientos de notificación y sanción en materia de comunicaciones.
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Por qué importa
El aviso corresponde a una medida sancionadora individual contra un emisor no autorizado, sin impacto colectivo ni cambio normativo general.