El Decreto 1203/2026, emitido por el Presidente de la Nación, aprueba un Régimen de Retiro Voluntario para el personal que ejerce funciones en la planta permanente bajo la Ley 25.164 y para quienes laboran bajo contratos por tiempo indeterminado según la Ley 20.744 (T.O. Decreto 390/76), en organismos y jurisdicciones de la Administración Pública Nacional centralizada. El régimen aplica únicamente a aquellos incluidos en el Anexo I, que forma parte integrante del decreto. Los cargos presupuestarios de quienes accedan al retiro serán eliminados a partir del cese de la relación laboral, conforme al artículo 3°. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública será la Autoridad de Aplicación, facultada para prorrogar el plazo de adhesión por hasta 30 días corridos y dictar normas complementarias.
La Ley 25.164 regula la función pública nacional y establece las bases del régimen de carrera. La Ley 20.744, con su T.O. Decreto 390/76, rige los contratos de trabajo en el sector público. El Decreto 50/2019 otorgó poderes a la Secretaría de Transformación del Estado para reorganizar la administración pública.
Los empleados del Estado nacional que pertenecen a la planta permanente bajo la Ley 25.164 y los contratados por tiempo indeterminado bajo la Ley 20.744 (T.O. Decreto 390/76) podrán acceder al régimen de retiro voluntario, siempre que sus organismos figuren en el Anexo I del decreto. Los cargos presupuestarios correspondientes a estos empleados serán eliminados tras su cese.
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Antecedentes relacionados
- El 14 de octubre se modificó la estructura de la Presidencia, suprimiendo un cargo extraescalafonario y ajustando su organigrama.
- El mismo día se aprobó, mediante decreto 1177/2026, una línea de crédito del BID para modernizar el Estado, vinculada a reformas en gestión pública.
Por qué importa
El decreto tiene trascendencia alta porque establece un marco normativo para la salida voluntaria de empleados del Estado nacional bajo dos categorías legales distintas (Ley 25.164 y Ley 20.744), con impacto directo en la estructura de la administración pública centralizada y en el gasto público, mediante la supresión de cargos presupuestarios.