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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA NEUQUÉN

Denuncia contra un ciudadano es desestimada por Aduana Neuquén

Denuncia contra un ciudadano es desestimada por Aduana Neuquén

Se desestimó una denuncia contra Mauro Andrés Olivera por presunta infracción aduanera

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348580/20261006Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

La Aduana de Neuquén desestimó una denuncia contra un ciudadano por supuesta infracción aduanera. La resolución fue aprobada por la Dirección de Legal de ARCA.

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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA NEUQUÉSe hace saber que en la Actuación EX-2025-00613538- -AFIP-ADNEUQ#SDGOAI que tramita ante esta ADUANA DE NEUQUÉN se ha dictado Resolución RESOL-2025-150-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI, por la cual se desestima la denuncia contra el Sr. OLIVERA Mauro Andrés cuyo articulado se transcribe: “ARTÍCULO 1º: Desestimar la presente denuncia contra el Sr. OLIVERA Mauro Andrés, DNI N.º 40.984.978, con domicilio en (...), por la infracción prevista y penada en el art. 987 del Código Aduanero, en los términos del art. 1090 inc b) de la Ley 22.415. ARTÍCULO 2º: Por Sección Sumarios, elévese en aprobación al Superior en los términos de lo normado por el art. 1115 inc. a) del Código Aduanero. Aprobado que fuere, proceder al levantamiento del SECUESTRO que recae sobre la mercadería detallada y la entrega de la misma al Sr. OLIVERA Mauro Andrés, DNI N.º 40.984.978, mediante acta de estilo. ARTÍCULO 4 º: Notifíquese.” Que posteriormente la Dirección de Legal de ARCA dictó la Resolución RESOL-2026-418-E-ARCA-DILEGA#SDGTLA por la cual se aprueba lo actuado en la División Aduana de Neuquén, cuyo artículo 1° se transcribe: “ARTICULO 1°.- APROBAR el artículo 1° de la Resolución RESOL-2025-150-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI de la Aduana de Neuquén, en cuanto fuera materia de elevatoria.”.Rosario Casajus, Administradora de Aduana.e. 06/10/2026 N° 73434/26 v. 06/10/2026 Fecha de publicación 06/10/2026