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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ANSES prorroga plazo de resolución sobre convenio colectivo

ANSES prorroga plazo de resolución sobre convenio colectivo

La medida afecta a la tramitación del Convenio Colectivo de Trabajo ANSES N° 305/98 “E”

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348397/20261002

Se prorrogó el plazo para resolver un expediente relacionado con el Convenio Colectivo de Trabajo ANSES N° 305/98. La decisión se tomó en el marco de las normas vigentes de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

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Resolución 292/2026

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 292/Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-72753194- -ANSES-DRL#ANSES; las Leyes Nros. 20.744 y 24.156, sus normas modificatorias y complementarias; el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, sus normas modificatorias y complementarias; la Resolución Conjunta N° RESFC-2025-50-APN-SH#MEC de fecha 3 de octubre de 2025; el Convenio Colectivo de Trabajo ANSES N° 305/98 “E”; la Resolución N° RESOL-2026-261-ANSES-ANSES de fecha 31 de agosto de 2026; yCONSIDERANDO:Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de resolución, a través del cual se propicia prorrogar el plazo previsto originariamente en el artículo 5° del ANEXO N° IF-2026-83509467-ANSES-ANSES (Términos y Condiciones) a la Resolución N° RESOL-2026-261-ANSES-ANSES, hasta el día 9 de octubre del 2026 a las 23:59 hs., a efectos de la adhesión al “Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR) – Etapa 2”, para el personal de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).Que mediante el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las distintas jurisdicciones que integran el PODER EJECUTIVO NACIONAL.Que la citada norma asignó a las áreas competentes en materia de transformación del Estado y función pública, la responsabilidad de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, tanto en la Administración centralizada como descentralizada.Que asimismo, estableció los lineamientos estratégicos para promover la mejora de la gestión pública y asistir en la reorganización del Sector Público Nacional, incluyendo el desarrollo de políticas vinculadas a la gestión de los recursos humanos y a la modernización administrativa del Estado.Que por disposición del inciso b) del artículo 26 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E”, esta Administración Nacional prevé la modalidad de extinción del contrato de trabajo por acogimiento a la jubilación o al retiro voluntario.Que por su parte, entre las causales de extinción del contrato de trabajo, se encuentra la voluntad concurrente de las partes, conforme lo previsto por el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, sus normas modificatorias y complementarias.Que conforme lo establece el artículo 3° del Decreto N° 2741/1991, la máxima autoridad de este Organismo tiene facultades propias para su conducción administrativa y financiera, independiente del Tesoro Nacional.Que en función de la normativa vigente, esta DIRECCIÓN EJECUTIVA aprobó el Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR) – Etapa 2, mediante el dictado de la Resolución N° RESOL-2026-261-ANSES-ANSES, estableciendo en el ANEXO N° IF-2026-83509467-ANSES-ANSES (Términos y Condiciones), que el período de adhesión al RVR - Etapa 2 se extendería hasta las 23:59 horas del día 30 de septiembre del 2026.Que atento la proximidad de su vencimiento y atendiendo a estrictas razones de índole operativa que hacen al marco favorable de aceptación y acogimiento al referido plan, mediante Nota N° NO-2026-94541597-ANSES-SEA#ANSES, la Subdirección Ejecutiva de Administración solicitó la extensión del plazo previsto originariamente, a efectos del cabal cumplimiento de los lineamientos estratégicos para esta Administración Nacional.Que la presente medida se encuentra dentro de la conformidad presupuestaria oportunamente brindada.Que conforme lo solicitado precedentemente, se entiende razonable extender el plazo de adhesión al referido Plan, por el término de siete (7) días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de finalización del período que fuera prevista oportunamente; es decir, hasta el día 9 de octubre de 2026 a las 23:59 hs.Que el Servicio Jurídico Permanente de esta Administración Nacional tomó la intervención de su competencia.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2741/1991 y el Decreto N° 162/2026.Por ello,EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el plazo previsto originariamente en el artículo 5° del ANEXO N° IF-2026-83509467-ANSES-ANSES (Términos y Condiciones) de la Resolución N° RESOL-2026-261-ANSES-ANSES, hasta el día 9 de octubre del 2026 a las 23:59 hs., a efectos de la adhesión al “Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR) – Etapa 2”, para el personal de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS a llevar a cabo las acciones necesarias para la implementación de lo dispuesto por la presente, a fin de operativizar la extensión de la medida propiciada, por las consideraciones vertidas precedentemente.ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, dése conocimiento a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO y, oportunamente, archívese.Guillermo Héctor Arancibiae. 02/10/2026 N° 72393/26 v. 02/10/2026 Fecha de publicación 02/10/2026