PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Decreto 1117/2026
DECTO-2026-1117-APN-PTE - DesestíCiudad de Buenos Aires, 28/09/2026VISTO el Expediente N° EX-2025-07948913-APN-PZBP#PNA, el Decreto Nº 6242 del 24 de diciembre de 1971 y sus modificatorios y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 1201 del 10 de octubre de 2025, yCONSIDERANDO:Que en el marco del Sumario Administrativo Nº 04 -”C”/2025, caratulado “PRCGGE DNI 27.606.922 DAMIÁN ALBERTO LOZA (CRIV) AV/ABANDONO DE SERVICIO” del registro de la PREFECTURA DE ZONA BAJO PARANÁ de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, mediante Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 1201/25, se dispuso la BAJA por CESANTÍA, a partir de su dictado, del entonces Prefecto Damián Alberto LOZA, personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.Que el ex-Prefecto Damián Alberto LOZA fue notificado del citado acto administrativo a través del Acta de Notificación N° 53/2025 del 21 de octubre de 2025, efectuando el 27 de octubre de 2025 una presentación contra la medida adoptada a su respecto, solicitando su revocación.Que desde el punto de vista formal corresponde analizar dicha presentación como el recurso previsto en el artículo 051.001 de la Reglamentación del Personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, aprobada por el Decreto Nº 6242/71 y sus modificatorios, habiendo sido interpuesta en término, por lo que corresponde reputarla formalmente procedente, debiendo resolverse la cuestión planteada en virtud de lo dispuesto en el artículo 051.002, inciso c) apartado 3 de la mencionada Reglamentación, quedando con el dictado del presente acto agotada la instancia administrativa.Que en su escrito, el ex-Prefecto Damián Alberto LOZA expuso argumentos que no logran conmover los sólidos fundamentos del acto administrativo oportunamente dictado, limitándose a expresar su disconformidad con la sanción aplicada, sin realizar una crítica concreta y razonada por lo cual estima que existió arbitrariedad con la decisión adoptada.Que en lo que concierne a la reconsideración de la sanción impuesta, el recurrente no aporta ningún elemento novedoso tendiente a enervar el acto administrativo cuestionado, no asistiéndole razón al mismo respecto a la carencia de elementos probatorios que corroboren su responsabilidad en sede administrativa, habiéndose acreditado la materialidad de los hechos, sin afectar el debido proceso adjetivo en lo que hace a la defensa del interesado.Que, por lo expuesto, se concluye que el recurso interpuesto por el referido ex-Prefecto debe ser desestimado.Que los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL han tomado la intervención de sus competencias.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 051.002, inciso c) apartado 3 de la Reglamentación del Personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, aprobada por el Decreto N° 6242/71 y sus modificatorios.Por ello,EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:ARTÍCULO 1º.- Desestímase el recurso interpuesto por el ex-Prefecto Damián Alberto LOZA (D.N.I. Nº 27.606.922) contra la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 1201 del 10 de octubre de 2025, agotándose la vía administrativa respecto a la cuestión planteada.ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.MILEI - Alejandra Susana Monteolivae. 29/09/2026 N° 71436/26 v. 29/09/2026
Fecha de publicación 29/09/2026