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MINISTERIO DE SALUD - SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Actualización de aranceles para prestaciones a personas con discapacidad

Actualización de aranceles para prestaciones a personas con discapacidad

El Ministerio de Salud actualiza los valores de servicios en un 1,70% para septiembre

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347656/20260918

El Ministerio de Salud actualizó los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas para personas con discapacidad, ajustando los valores según la inflación. Esto afecta a los proveedores de servicios y a la viabilidad económica de los centros de atención.

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Criterio editorial

Por qué importa

La actualización afecta a un sector específico de la población y a los proveedores de servicios, con implicancias en su operativa y financiamiento.

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Texto original

Resolución 3487/2026

MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD Resolución 3487/Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-88317167- -APN-DGD#MS, la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.793 y su reglamentación mediante Decreto N° 84/2026, los Decretos N° 1193 del 8 de octubre de 1998, N° 942 del 31 de diciembre de 2025, N° 27 del 26 de enero de 2026, la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL N° 428 del 23 de junio de 1999, la Resolución de la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 2775 del 21 de agosto de 2026 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 376 de fecha 6 de marzo de 2026, y 415 de fecha 20 de marzo de 2026, yCONSIDERANDO:Que mediante la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, se instituyó el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto N° 1193/98, por Resolución N° 428/99 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan periódicamente a partir de la propuesta elevada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.Que atento a la necesidad de adecuar los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad contenidos en la norma aludida, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización, de conformidad con lo acordado mediante Acta N° 432 del mentado Directorio y según lo estipulado en Ley N° 27.793.Que, en este contexto, el 21 de agosto de 2026 se dictó la Resolución N° 2775/2026 de esta Secretaría Nacional de Discapacidad, mediante la cual se estableció una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, para el mes de agosto del año en curso, consistente en un incremento del DOS CON DIEZ POR CIENTO (2,10 %), sin diferencia por tipo de prestación, calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de julio de 2026.Que por el artículo 2° del mismo acto resolutivo se reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica, conforme lo establece el artículo 7° bis de la Ley N° 24.901.Que corresponde proceder a actualizar dichos valores de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), con base en el mes anterior.Que en este contexto, resulta pertinente establecer una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de septiembre del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON SETENTA POR CIENTO (1,70 %), sin diferencia por tipo de prestación y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de agosto de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 2775/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.Que corresponde ratificar la continuidad del reconocimiento de un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) a las prestaciones que se brindan en las provincias de la zona patagónica.Que la Subsecretaría de Regulación, Certificación y Proyectos del MINISTERIO DE SALUD propicia la presente medida en el marco de sus competencias.Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias y los Decretos N° 1193/98 y N° 942/2025, y las Resoluciones N° 376/2026 y su modificatoria N° 415/2026, ambas del Ministerio de Salud.Por ello,EL SECRETARIO NACIONAL DE DISCAPACIDADRESUELVEARTÍCULO 1°.– Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de septiembre del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON SETENTA POR CIENTO (1,70 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO (IF-2026-88313287-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de agosto de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 2775/2026 de esta Secretaría Nacional de Discapacidad.ARTÍCULO 2°. – Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.ARTÍCULO 3°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Alejandro Alberto VilchesNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 18/09/2026 N° 68229/26 v. 18/09/2026 Fecha de publicación 18/09/2026   Anexo - 1