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COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES

Corrige errores en valores de remuneraciones mínimas para trabajadores domésticos

Corrige errores en valores de remuneraciones mínimas para trabajadores domésticos

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares corrigió errores en los anexos de una resolución que establece salarios mínimos para el sector.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347648/20260918

La resolución corrige errores materiales en los números de informes anexos a la fijación de salarios mínimos para trabajadores en casas particulares. Se emitió en el marco del Decreto 1759/1972 y la Ley 26.844, que regulan el régimen laboral de este sector.

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Es un acto administrativo interno con impacto limitado al sector específico de trabajadores en casas particulares.

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Texto original

Resolución 7/2026

COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES Resolución 7/Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-79156402- -APN-CGDTEYS#MCH; Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017) y la Resolución N° 6 de fecha 2 de septiembre de 2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, yCONSIDERANDOQue mediante la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES se fijaron los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal en Casas Particulares comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.Que se advierte que se ha incurrido en un error material involuntario en los Nros. de informes consignados como Anexos Nros. 4 y 5 en los Artículos 4° y 5° de la referida Resolución, respectivamente.Que, en tal sentido, en el artículo 4° deberá consignarse como Anexo N° 4 bajo el N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH y en el artículo 5° deberá consignarse como Anexo N° 5 bajo el N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH.Que en función de lo expuesto corresponde proceder a la rectificación del acto administrativo referido, en los términos del artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.Que la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha intervenido conforme le es pertinente.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (t.o. 2017) Reglamentario de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos.Por ello,LA PRESIDENTE ALTERNA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARESRESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Artículo 4° de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON SEIS POR CIENTO (1,6%) a partir del mes de noviembre de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en los artículos 3° y 8°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el Anexo N° 4 N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, que forma parte integrante de la presente”.ARTÍCULO 2°.- Rectifíquese el Artículo 5° de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, el que quedará redactado de la siguiente manera:“Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON SEIS POR CIENTO (1,6%) a partir del mes de diciembre de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en los artículos 4° y 9°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el Anexo N° 5 N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, que forma parte integrante de la presente”.ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Soledad MorenoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 18/09/2026 N° 68156/26 v. 18/09/2026 Fecha de publicación 18/09/2026   Anexo - 1   Anexo - 2