MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 1094/Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2026VISTOS: El EX-2021-00001239-MPD-DGAD#MPD, la “Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación Nº 27.149” (en adelante LOMPD), la Resolución DGN Nº 564/07 —modificada por las Resoluciones DGN Nros. 416/14 y 1675/17, RDGN-2021-96-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2022-152-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2023-508-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD y RDGN-2025-128-E-MPD-DGN#MPD–, la RDGN-2019-1484-E-MPD-DGN#MPD —y sus modificatorias—; yCONSIDERANDO:I. Que el Área de Gestión y Planificación de Espacios Físicos de la Dirección General de Administración propició que se incremente el monto de las locaciones que podrán tramitarse fuera del régimen previsto en el “Régimen para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Ministerio Público de la Defensa” —aprobado por RDGN-2019-1484-E-MPD-DGN#MPD y sus modificatorias—.A fin de sustentar su propuesta expresó que “…mediante RDGN-2025-128-E-MPD-DGN#MPD, en febrero de 2025 se incrementó el mismo a la suma de pesos setenta y cinco millones ($ 75.000.000,00.-); siendo que, en caso de superarlo, corresponde tramitar las locaciones mediante los procedimientos previstos en el régimen establecido por la Resolución DGN Nº 1484/19 y modificatorias.// Ahora bien, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y el actual contexto económico de nuestro país, como así también las condiciones que rigen dentro del mercado inmobiliario, el que sufre constante variaciones e incrementos progresivos y acumulativos, esta Área ha encontrado serias dificultades para concretar tanto la renovación de contratos, como la suscripción de nuevas locaciones, con la consiguiente probabilidad de no poder satisfacer en tiempo oportuno las necesidades edilicias del organismo//. Por esa razón, a fin de cumplimentar las necesidades en tiempo oportuno, deviene necesaria la revisión del monto antes señalado, y su actualización.// Atento a ello, y acorde con la evolución del Índice General de Precios del INDEC (Índice de Precios al Consumidor -IPC-), dicha actualización alcanzaría los ciento trece millones de pesos ($ 113.000.000), estimándose adecuado elevar el límite en cuestión hasta dicha suma; adjuntándose como archivo de trabajo en formato editable, la memoria de cálculo que sustenta tal importe”.II. A su turno, luce la intervención de la Oficina de Administración General y Financiera que, mediante IF-2026-00046620-MPD-SGAF#MPD, estimó conveniente proceder al aumento del monto conforme el valor propiciado.III. La Asesoría Jurídica de esta Defensoría General de la Nación tomó la intervención de su competencia y no formuló objeciones de índole legal para que se proceda a la modificación propiciada.Por ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 35 y 36, inciso d), de la Ley Nº 27.149 y el punto II de la RDGN-2026-52-E-MPD-DGN#MPD, en mi carácter de Defensor General de la Nación Interino;RESUELVO:I. INCREMENTAR el monto establecido en el artículo 2º del Anexo I de la Resolución DGN Nº 564/07 —modificado por las Resoluciones DGN Nros. 416/14 y 1675/17, RDGN-2021-96-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2022-152-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2023-508-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD y RDGN-2025-128-E-MPD-DGN#MPD— a la suma de pesos ciento trece millones ($ 113.000.000,00.-).II. MODIFICAR el artículo 2º del Anexo I de la Resolución DGN Nº 564/07 —modificado por las Resoluciones DGN Nros. 416/14 y 1675/17, RDGN-2021-96-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2022-152-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2023-508-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD y RDGN-2025-128-E-MPD-DGN#MPD— el que quedará redactado de la siguiente manera:- Artículo 2 del Anexo I a la Resolución DGN Nº 564/07 “Artículo 2° - Procedimiento: Los contratos de locación cuyo costo total estimado resulte menor o igual a la suma de pesos ciento trece millones ($ 113.000.000) tramitarán de acuerdo a lo establecido en los artículos siguientes.En los casos en que el costo estimado supere dicho monto, el proceso de selección se efectuará con arreglo a lo establecido en el Régimen para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Ministerio Público de la Defensa”.III. DISPONER que la presente modificación regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.Protocolícese, hágase saber a la Oficina de Administración General y Financiera, como también a las áreas correspondientes.Publíquese en la página web del organismo y en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día. Cumplido, archívese.Julian Horacio Langevine. 17/09/2026 N° 67663/26 v. 17/09/2026
Fecha de publicación 17/09/2026