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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia a empresa tecnológica

ENACOM otorga licencia a empresa tecnológica

Delifran S.A. obtiene autorización para servicios TIC en todo el país

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/347385/20260914

El ENACOM otorgó una licencia a Delifran S.A. para prestar servicios de TIC, lo que le permite operar en el sector de telecomunicaciones. El acto refleja la regulación del mercado y la entrada de nuevas empresas en el ámbito digital.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El ENACOM ha emitido 5 actos de tipo 'otro' relacionados con licencias o inscripciones en servicios TIC entre el 10 y el 11 de septiembre de 2026
  • Según las estadísticas disponibles, el organismo realizó 132 actos bajo su competencia en los últimos 30 días, con 29 de ellos clasificados como 'otro'
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta directamente al sector de las telecomunicaciones, permitiendo la entrada de una nueva empresa y generando posibles implicancias en el mercado digital argentino.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 893/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 893/RESOL-2026-893-APN-ENACOM#JGM FECHA 09/09/2026EX-2025-75726927-APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR a la firma DELIFRAN S.A. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, 2.- INSCRIBIR a la firma DELIFRAN S.A en el Registro de Servicios TIC, los Servicios de Valor Agregado – Acceso a Internet y Radiodifusión por Suscripción. 3.- Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del Servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 14/09/2026 N° 66053/26 v. 14/09/2026 Fecha de publicación 14/09/2026