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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia a empresa para servicios TIC

ENACOM otorga licencia a empresa para servicios TIC

Capa Uno S.A. obtiene autorización para operar en telecomunicaciones

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/346152/20260820

El ENACOM otorgó una licencia a Capa Uno S.A. para prestar servicios de TIC, lo que le permite operar en el sector, aunque con limitaciones en el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENACOM realizó 5 actos regulatorios relacionados con empresas de telecomunicaciones y TIC entre el 18 y el 19 de agosto de 2026
  • En los últimos 30 días, ENACOM emitió 127 actos bajo su competencia, con 12 designaciones relacionadas este mes
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta directamente a una empresa que entra al mercado de telecomunicaciones, lo que puede influir en la competencia y en la oferta de servicios para los usuarios finales.

Claves de lectura

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 773/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 773/RESOL-2026-773-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/08/2026EX-2026-23123867-APN-ALYAT#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR a la firma CAPA UNO S.A. Licencia para la prestación de Servicios de TIC, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- INSCRIBIR a la firma CAPA UNO S.A. en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet. 3.- Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.Maria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.e. 20/08/2026 N° 58425/26 v. 20/08/2026 Fecha de publicación 20/08/2026