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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM inscribe a Linkup como operador de telecomunicaciones

ENACOM inscribe a Linkup como operador de telecomunicaciones

El registro no garantiza acceso a frecuencias del espectro radioeléctrico

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345100/20260729

El ENACOM inscribió a Linkup como operador de telecomunicaciones, pero el registro no garantiza el acceso a frecuencias, lo que indica que el proceso regulatorio sigue siendo burocrático y condicionado a pasos adicionales.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENACOM ha emitido 7 actos de tipo 'normativa-economica' en los últimos 30 días, incluyendo el antecedente más cercano (ID 344839) del 23/07/2026, que también corresponde a una licencia para servicios TIC.
  • La medida forma parte de un flujo reciente de designaciones: ENACOM registró 52 designaciones vinculadas a su organismo durante este mes, según las estadísticas disponibles.
Criterio editorial

Por qué importa

La inscripción de una nueva empresa en el sector de telecomunicaciones tiene impacto en la competencia y en la regulación del uso del espectro radioeléctrico.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 671/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 671/RESOL-2026-671-APN-ENACOM#JGM FECHA 27/7/2026EX-2018-12994480-APN-SDYME#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- INSCRIBIR a la firma LINKUP INTERNET S.R.L. en el Registro de Servicios TIC , como Operador Móvil Virtual (OMV) con infraestructura. 2.- Establecer que el presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante este ENACOM. 3. - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 29/07/2026 N° 52651/26 v. 29/07/2026 Fecha de publicación 29/07/2026