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MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Ministerio de Seguridad designa nueva dirección

Ministerio de Seguridad designa nueva dirección

Nueva estructura en la Dirección de Apoyo Profesional

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345079/20260729

El Ministerio de Seguridad Nacional creó una nueva dirección para gestionar los animales de apoyo profesional, lo que refleja un enfoque más estructurado y regulado en su manejo.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El Ministerio de Seguridad Nacional realizó 21 designaciones en el mes corriente, según estadísticas oficiales.
  • En los dos días previos a esta noticia (27 y 28 de julio de 2026), se publicaron cinco actos de designación del mismo organismo, todos vinculados a gestión institucional o seguridad pública.
Criterio editorial

Por qué importa

La creación de una nueva dirección implica una reorganización institucional y una mayor formalización de la gestión de animales en el ámbito de la seguridad pública.

Claves de lectura

Entidades y temas

Ministerio de Seguridad NacionalLey N° 24.059Decisión Administrativa N° 340/2024seguridad públicagestión institucionalanimales de apoyo
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Documento base

Texto original

Resolución 709/2026

MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL Resolución 709/Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2026VISTO el Expediente EX-2025-125901646- -APN-DNPYGAAP#MSG, las Leyes Nros. 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y 24.059, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 340 del 17 de mayo de 2024, sus modificatorias, yCONSIDERANDO:Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92), en su artículo 22 bis, establece la competencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL en todo lo relativo a la seguridad interior, la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, así como sus derechos y garantías, en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.Que, asimismo, el inciso 2° del citado artículo dispone que corresponde a esta Cartera Ministerial “ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.Que la Ley N° 24.059 fija las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía, orientado a garantizar la seguridad interior.Que, conforme la Decisión Administrativa N° 340/2024, mediante la cual se aprueba la estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LOS ANIMALES DE APOYO PROFESIONAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL, tiene como responsabilidad primaria “asistir en la elaboración de programas que cumplan con los estándares de tenencia responsable y protección, en lo referido a la crianza, entrenamiento y transferencia, para el bienestar y la tenencia responsable de los animales de apoyo profesional”.Que entre sus acciones se encuentran: “(…) 1. desarrollar y gestionar, en el ámbito de su competencia, los programas comprendidos en los principios de bienestar, tenencia responsable y protección animal”; “(…) 6. producir y proveer información sobre el desempeño y el vínculo con los animales de apoyo profesional”; y “(…) 9. coordinar acciones a fin de atender las necesidades y requerimientos sanitarios de dichos animales”.Que, por la Resolución N° RESOL-2022-381-APN-MSG, se creó el “Programa de Animales de Apoyo Profesional”, basado en “la resignificación de los animales no humanos como seres con estados afectivos, capacidad de representar situaciones y de generar y regular su conducta”, estableciendo como eje ordenador “el bienestar animal” en todas las políticas difundidas, promovidas y aplicadas por la Dirección de Planificación Operativa y Centro de Monitoreo, conforme los “cinco dominios del bienestar” propuestos por Mellor (1994).Que el objetivo general del Programa es atender las necesidades de los animales de apoyo profesional, conforme los desarrollos científicos del bienestar animal, y entre sus objetivos específicos se destacan: “(…) b. garantizar a los animales de apoyo profesional las condiciones de bienestar emergentes de los cinco dominios de Mellor” y “(…) e. difundir, promover y aplicar políticas de bienestar animal en todas las actividades con animales en el ámbito de las Fuerzas Federales de Seguridad”.Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL ha tomado intervención de su competencia.Que la suscripta resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias.Por ello,LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONALRESUELVE:ARTÍCULO 1°. - Apruébese el “PROTOCOLO DE BIENESTAR ANIMAL PARA LOS CANES PERTENECIENTES A LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”, que como Anexo (IF-2026-68997841- -APN-DNPYGAAP#MSG) forma parte integrante de la presente resolución.ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LOS ANIMALES DE APOYO PROFESIONAL, o la que en el futuro la reemplace, a dictar normas de procedimiento y aquellas que resulten pertinentes para dar cumplimiento a lo establecido en el “PROTOCOLO DE BIENESTAR ANIMAL PARA LOS CANES PERTENECIENTES A LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”.ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Alejandra Susana MonteolivaNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 29/07/2026 N° 52557/26 v. 29/07/2026 Fecha de publicación 29/07/2026   Anexo - 1