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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia a empresa de telecomunicaciones

ENACOM otorga licencia a empresa de telecomunicaciones

Wiffi Sur S.R.L. obtiene autorización para servicios TIC según normativa vigente

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344896/20260724

El ENACOM otorgó una licencia a Wiffi Sur S.R.L. para prestar servicios TIC, lo que le permite operar legalmente en el sector. Sin embargo, el otorgamiento no garantiza el acceso a frecuencias radioeléctricas, lo que implica pasos adicionales para la empresa.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El ENACOM ha otorgado al menos dos licencias a empresas de telecomunicaciones en las últimas 48 horas (IDs 344775 y 344844).
  • En las últimas 24 horas, se inscribieron tres entidades —dos cooperativas y una empresa— en el Registro de Servicios TIC (IDs 344838, 344837 y 344776).
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución afecta directamente a una empresa que entra al mercado de telecomunicaciones, con implicancias en la regulación y el desarrollo del sector.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 636/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 636/RESOL-2026-636-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/07/2026EX-2026-42420119-APN-ALYAT#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- OTORGAR a WIFFI SUR S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I, de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 697/17 y su modificatoria Resolución ENACOM N° 1.547/22. 2.- INSCRIBIR a WIFFI SUR S.R.L. en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado – Acceso a Internet. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasSergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 24/07/2026 N° 51734/26 v. 24/07/2026 Fecha de publicación 24/07/2026