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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

ENACOM otorga licencia a empresa TIC para servicios de internet

ENACOM otorga licencia a empresa TIC para servicios de internet

FERGO S.R.L. obtiene autorización para operar en telecomunicaciones

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344840/20260723

El ENACOM otorgó una licencia a FERGO S.R.L. para prestar servicios TIC, lo que le permite operar legalmente en el sector. Este acto tiene implicancias prácticas para la empresa y refleja el funcionamiento del sistema de regulación en telecomunicaciones.

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Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • ENACOM emitió 5 licencias bajo convenio-laboral entre el 17 y el 22 de julio de 2026, todas relacionadas con servicios TIC o telecomunicaciones
  • Las entidades beneficiarias incluyen cooperativas, empresas privadas y operadores satelitales, sin distinción de tipo societario en los actos analizados
Criterio editorial

Por qué importa

Es una medida administrativa relevante para el sector TIC, que afecta directamente a una empresa que busca ingresar al mercado de telecomunicaciones.

Claves de lectura

Entidades y temas

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 621/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 621/RESOL-2026-621-APN-ENACOM#JGM FECHA 20/07/2026EX-2025-33057435-APN-REYS#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:1.- OTORGAR a la firma FERGO S.R.L. Licencia para la prestación de Servicios TICs, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- INSCRIBIR a la firma FERGO S.R L. en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet, y el Servicio de Radiodifusión por Suscripción. 3.-Establecer que la presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENACOM. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. - Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.e. 23/07/2026 N° 51449/26 v. 23/07/2026 Fecha de publicación 23/07/2026