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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Superintendencia de Seguros aprueba reglamentos para el Fondo de Reserva

Superintendencia de Seguros aprueba reglamentos para el Fondo de Reserva

La resolución establece normas para la gestión del Fondo de Reserva por una empresa contratada y por la Superintendencia misma.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344065/20260706

Se aprobaron dos reglamentos para la intervención del Fondo de Reserva, uno a través de una empresa contratada y otro directamente por la Superintendencia de Seguros. El marco institucional es la Ley 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto interno de regulación técnica sin impacto inmediato en la población general.

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Documento base

Texto original

Resolución Sintetizada 290/2026

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Resolución Sintetizada 290/SINTESIS: RESOL-2026-290-APN-SSN#MEC Fecha: 03/07/2026Visto el EX-2026-61966701-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Reglamento para la intervención del Fondo de Reserva del artículo 34 de la Ley Nº 24.557 por medio de una empresa contratada, de administración y gestión de prestaciones (EAGP) derivadas de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557 y reglamentación, que obra como Anexo I IF-2026-61970464-APNGA#SSN.ARTÍCULO 2º.- Apruébese el Reglamento para la intervención del Fondo de Reserva del artículo 34 de la Ley Nº 24.557 en forma directa por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, que obra como Anexo II IF-2026-61972047-APN-GA#SSN.ARTÍCULO 3º.- Apruébese, encomiéndese y facúltese a los representantes del Fondo de Reserva en las acciones concernientes a los juicios en los que intervenga el Fondo de Reserva a actuar acorde al Reglamento obrante en el Anexo III IF-2026-61975203-APN-GA#SSN.ARTÍCULO 4º.- Apruébese el Reglamento para la intervención del Fondo de Reserva del artículo 34 de la Ley N° 24.557 en caso de solicitar asistencia a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO en la supervisión de una empresa de administración y gestión de prestaciones (EAGP) que obra como Anexo IV IF- 2026-61975783-APN-GA#SSN.ARTÍCULO 5º.- Deróguense las Resoluciones RESOL-2018-966-APN-SSN#MHA, de fecha 21 de septiembre, y RESOL-2020-396-APN-SSN#MEC, de fecha 29 de octubre, y cualquier otra resolución cuya causa y objeto se oponga a lo aquí previsto.ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 7º.- Notifíquese a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.e. 06/07/2026 N° 47072/26 v. 06/07/2026 Fecha de publicación 06/07/2026