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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Se designa un delegado para liquidar una obra social

Se designa un delegado para liquidar una obra social

El Superintendente de Servicios de Salud nombró a Ricardo Ernesto Bellagio como delegado liquidador

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344053/20260706

La Superintendencia de Servicios de Salud designó a un delegado liquidador para cerrar la Obra Social Atanor S.A., lo que implica un proceso formal de liquidación de activos y pasivos. Esta decisión afecta a los beneficiarios y a la continuidad de los servicios de salud.

Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia media se debe a que el acto afecta directamente a una obra social y a sus afiliados, además de involucrar procesos de liquidación complejos que requieren supervisión institucional.

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Resolución 1157/2026

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 1157/Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2026VISTO el EX-2019-77181437-APN-GAJ#SSS, las Leyes Nros 23.660 y sus modificaciones y 23.661 y sus modificaciones, Decreto Nº 1400/2001 y la Resolución, N° 1165 del 22 de julio de 2022, de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y:CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución Nº1165/2022-SSSALUD, se dispuso la baja de la OBRA SOCIAL ATANOR S.A (R.N.A.S N° 8-0010-5), como Agente del Seguro de Salud del Registro Nacional de Obras Sociales y se estableció que la Comisión Liquidadora constituida conforme el artículo 33 de su Estatuto, tendría a su cargo llevar el proceso de liquidación administrativa y/o judicial de la Entidad.Que ante el estado del proceso de liquidación del Agente del Seguro de Salud y los antecedentes e informes técnicos incorporados a las actuaciones, la Subgerencia de Asistencia técnica informó a la Gerencia General que, la Comisión Liquidadora de la OBRA SOCIAL ATANOR S.A, (R.N.A.S N° 8-0010-5), no ha cumplido con las funciones asignadas, por lo que resulta necesario a los efectos de agilizar y finalizar el cierre del proceso de liquidación hasta su agotamiento, designar un Delegado Liquidador que asuma dicha responsabilidad.Que, en tal sentido y conforme las facultades generales de fiscalización, regulación y control atribuidas a esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y las facultades de implementación previstas en el artículo 25 del Decreto N° 1400 /2001, se estima conveniente designar en el cargo de Delegado Liquidador, al contador Ricardo Ernesto BELLAGIO, (DNI Nº 14.441.307), en virtud de reunir las condiciones de idoneidad y el perfil técnico requerido para el ejercicio de dicha función, quien reviste actualmente como agente de planta permanente en un cargo Nivel B, Grado 10, tramo avanzado, de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.Que el Delegado Liquidador que se designa por la presente, deberá presentar un plan de trabajo e informes de gestión sobre la realización de activos y cancelación de pasivos, en los plazos que se estipulen y bajo la órbita del Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud, conforme las previsiones de la Resolución N°102/2025 -SSSALUD.Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 440 del 27 junio de 2025.Por ello,EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Desígnase por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, y con renovación automática, al contador Ricardo Ernesto BELLAGIO (DNI Nº 14.441.307), en el cargo de Delegado Liquidador de la OBRA SOCIAL ATANOR S.A. (R.N.A.S Nº 8-0010-5).ARTÍCULO 2º.- Establécese que el Delegado Liquidador ejercerá funciones de administración y gestión, llevando adelante un proceso ordenado de liquidación administrativa y/o judicial, quedando facultado para adoptar los actos necesarios a tales fines.ARTÍCULO 3º.- Hágase saber al Delegado Liquidador que deberá presentar ante esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD informes de gestión, detallando el avance del plan de acción, la realización de activos y la cancelación de pasivos hasta su agotamiento.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al contador Ricardo Ernesto BELLAGIO (DNI Nº 14.441.307), y a la OBRA SOCIAL ATANOR S.A (R.N.A.S N° 8-0010-5), publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, remítase a la COORDINACIÓN DE REGISTROS DE AGENTES DEL SEGURO y, oportunamente vincúlese el expediente electrónico que le dio origen.Claudio Adrián Stivelmane. 06/07/2026 N° 46919/26 v. 06/07/2026 Fecha de publicación 06/07/2026