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MINISTERIO DE ECONOMÍA - SECRETARÍA DE ENERGÍA

BTG Pactual se habilita como comercializador en el mercado eléctrico

BTG Pactual se habilita como comercializador en el mercado eléctrico

Autorización para operar en el MEM bajo normativa vigente

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343986/20260703

La Secretaría de Energía autorizó a BTG Pactual Argentina Energía S.A.U. para operar en el Mercado Eléctrico Mayorista, lo que implica su integración en un sector clave de la economía argentina.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • La Secretaría de Energía emitió 16 actos en los últimos 30 días, todos bajo su competencia directa.
  • Entre ellos, dos resoluciones del 1° de julio de 2026 abordaron aspectos específicos del mercado eléctrico: bonificaciones para usuarios SEF y actualización de precios estacionales.
Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia media se debe a que la autorización afecta a un sector estratégico de la economía y refleja procesos de regulación y modernización del mercado eléctrico.

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Texto original

Resolución 152/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA Resolución 152/Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2026VISTO el Expediente Nº EX-2026-28771072- -APN-DGDA#MEC y el Expediente N° EX-2026-34381770- -APN-DGDA#MEC, vinculado en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, yCONSIDERANDO:Que la firma BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA S.A.U.) ha solicitado la habilitación para operar en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Participante Comercializador, en el marco de lo establecido en las Resoluciones Nros. 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y 137 de fecha 30 de noviembre de 1992 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias.Que mediante la Nota N° B-184521-1 de fecha 31 de marzo de 2026 (IF-2026-34381611-APN-DGDA#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2026-34381770- -APN-DGDA#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que la firma BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA S.A.U. ha presentado toda la información necesaria para la administración de sus transacciones, conforme lo establece el Punto 4 del Anexo 31 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución Nº 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.Que, sobre la base de la información proporcionada por la firma BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA S.A.U. se considera cumplido el requisito de la existencia del patrimonio neto de la firma solicitante, conforme lo exige el Anexo 31 de Los Procedimientos y conforme surge de la Nota N° NO-2026-56694344-APN-DNIE#MEC de fecha 8 de junio de 2026.Que la firma BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA S.A.U. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.Que la correspondiente solicitud fue publicada en el Boletín Oficial Nº 35.928 de fecha 11 de junio de 2026, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y por la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.Por ello,LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso de la firma BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA S.A.U.) en calidad de Participante Comercializador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en este acto.ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma BTG PACTUAL ARGENTINA ENERGÍA S.A.U., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.María Carmen Tettamantie. 03/07/2026 N° 46643/26 v. 03/07/2026 Fecha de publicación 03/07/2026