MINISTERIO DE SALUD
Resolución 731/Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-02737593- APN-DRRHH#ANMAT, la Ley N° 27.798, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 934 del 31 de diciembre del 2024, la Decisión Administrativa N° 761 del 6 de septiembre de 2019 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 1891 del 5 de junio de 2025, 2152 del 4 de julio de 2025, 2151 del 4 de julio de 2025, 2149 del 4 de julio de 2025 y 2147 del 4 de julio de 2025, yCONSIDERANDO:Que por la Ley N° 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2026.Que por la Decisión Administrativa N° 761/2019 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 1891/25, 2152/25, 2151/25, 2149/25 y 2147/25 se designó transitoriamente en la órbita de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a Mariana Silvia GARCIA DIAZ (D.N.I. N° 24.801.027) en el cargo de Jefa del Departamento de Autorización de Comercialización y/o Uso de Productos Médicos, a Fanny Ruth KATAIFE (D.N.I. N° 14.900.536), en el cargo de Jefa del Servicio de Inspecciones, A Erika Judith MARCO (D.N.I. N° 27.778.826), en el cargo de Jefa del Servicio de Análisis Integrado De Vigilancia, a Ana María Magdalena MASSALDI FUCHS (D.N.I. N° 27.677.161), en el cargo de Jefa del Servicio De Accesibilidad de Información Pública de Alimentos y a Ana Carolina ABBA (D.N.I. N° 24.913.246), en el cargo de Jefa del Servicio de Autorización de Comercialización, respectivamente.Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 958/2024 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, a efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.Que al no haberse podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos en cuestión, resulta necesario efectuar las prórrogas de dichas designaciones transitorias en los términos indicados.Que mediante el expediente citado tramitan las prórrogas de las designaciones transitorias de los agentes allí mencionados, a partir de las fechas y hasta las que en cada caso se indican en el Anexo N° IF-2026-34118315- APN-DRRHH#ANMAT, todos dependientes de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, en los respectivos cargos correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto N° 1133/2009.Que la Resolución N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableció que el expediente por el que tramita la prórroga de designaciones transitorias deberá contener la certificación del CUIL/CUIT registrado en la Base Integrada de Información de Empleo Público y Salarios en el Sector Público Nacional (BIEP) o cualquier otro sistema de registro existente en la entonces SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.Que en tal sentido, la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, indicó que los Nros. De CUIL de los agentes involucrados, se encuentran registrados en la Base Integrada de Información de Empleo Público y Salarios en el Sector Público Nacional (BIEP).Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, verificó que los cargos cuyas prórrogas se propician se encuentran vigentes en la estructura organizativa de la Jurisdicción.Que la Dirección General de Administración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), informó que se cuenta con crédito suficiente en el presente ejercicio para hacer frente al gasto que supone la presente medida.Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario.Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT) y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, han tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 2° del Decreto N° 958 del 25 de octubre de 2024.Por ello,EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Danse por prorrogadas, a partir de las fechas y por el plazo que en cada caso se indica, las designaciones transitorias de los agentes detallados en el ANEXO N° IF-2026-34118315-APN- DRRHH#ANMAT que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos que allí se indican, todos ellos correspondientes al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto N° 1133/2009, y en las mismas condiciones en que oportunamente fueren aprobadas.ARTÍCULO 2º.- Los cargos involucrados en el artículo 1º deberán ser cubiertos según corresponda de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el artículo 24 Título II, Capítulo II, y 26 Título II, Capítulo II, y en el artículo 37 Título III, Capítulo II y Título IV y en el artículo 39 Título III, Capítulo I y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/2009, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días desde el dictado de la presente.ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD - ENTIDAD 904 – ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT -ARTÍCULO 4°. - La jurisdicción de origen deberá comunicar dentro del plazo de CINCO (5) días de publicada en el Boletín Oficial la prórroga de las designaciones transitorias, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS Y ESTADÍSTICAS DE EMPLEO PÚBLICO Y POLÍTICA SALARIAL, ambas dependientes del MINISTERIO de DESREGULACION y TRANSFORMACION del ESTADO.ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Mario Iván LugonesNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 01/07/2026 N° 45814/26 v. 01/07/2026
Fecha de publicación 01/07/2026
Anexo - 1