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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

ANLIS establece esquema arancelario para servicios de salud

ANLIS establece esquema arancelario para servicios de salud

El organismo define tarifas para bienes y servicios prestados en el ámbito de la salud pública.

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La Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud (ANLIS) estableció un esquema arancelario para sus servicios. El acto se emitió en el marco del Decreto 1628/96 que crea al organismo.

Criterio editorial

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Acto administrativo interno sin impacto directo en la población general ni en decisiones políticas visibles.

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Disposición 492/2026

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” Disposición 492/Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2026VISTO el expediente EX-2026-28524512- -APN-DACMYSG#ANLIS, los Decretos N° 1628 del 23 de diciembre de 1996 y N° 1003 del 8 de noviembre de 2024, y;CONSIDERANDO:Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), creada por el Decreto N° 1628/96, tiene entre sus funciones desarrollar actividades científicas, técnicas, diagnósticas, de producción y prestación de servicios especializados vinculados con la salud pública.Que la realización de dichas actividades demanda la utilización de recursos humanos, insumos y capacidades operativas específicas.Que resulta conveniente establecer un esquema arancelario que refleje razonablemente los costos asociados a la prestación de los bienes y servicios brindados por esta Administración Nacional.Que en dicho marco es necesario aprobar un Listado con los aranceles de Bienes y Servicios producidos por esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS).Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES, sobre la base de la información suministrada por los Institutos, Centros y Unidades dependientes de esta Administración Nacional, efectuó el relevamiento de los costos asociados a las distintas prestaciones y propició los valores arancelarios correspondientes.Que la presente medida no implica erogación presupuestaria.Que ha tomado la intervención de su competencia el Departamento de Asuntos Jurídicos.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1628/96 y N° 1003/24.Por ello,LA TITULAR DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONALDE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”DISPONEARTÍCULO 1°. – Apruébase el Cuadro Arancelario y Categorización a aplicar al Listado de Bienes y Servicios -ANLIS Malbrán, que como Anexo I (IF-2026-62366196-APN-DACMYSG#ANLIS) forma parte integrante de la presente medida.ARTÍCULO 2°. – La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-Claudia PerandonesNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 26/06/2026 N° 44717/26 v. 26/06/2026 Fecha de publicación 26/06/2026   Anexo - 1