AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 181/Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2026VISTO el EX-2022-34908033- -APN-DGA#ANSV, las Leyes Nacionales Nros. 19.511, 24.449, 25.650, 26.353 y 26.363, los Decretos Reglamentarios Nros 779 del 20 de noviembre de 1995, 1.232 del 11 de septiembre de 2007, 1.716 del 5 de noviembre de 2008, 195 del 26 de febrero de 2024 y 293 del 5 de abril de 2024, las Disposiciones ANSV Nros. 35 del 24 de febrero de 2010, 294 del 5 de octubre de 2010 y DI-2023-81-APN-ANSV#MTR del 30 de enero de 2023, yCONSIDERANDO:Que mediante la disposición ANSV DI-2023-81-APN-ANSV#MTR, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, homologó y autorizó, por parte del municipio de General Villegas, Provincia de Buenos Aires, el uso de, entre otros dispositivos, UN (1) cinemómetro de instalación fija, Marca IVERO Modelo V2-VIP Nro. de serie C21, para ser instalado en el Km 360.5, sentido ascendente, de la Ruta Nacional Nro. 188; TRES (3) cinemómetros de instalación fija, Marca DYGOLD, Modelo ENFORCER-A, Nros. de serie 162, 163 y 164 para ser instalados en el Km 364, sentido descendente y Km 398, sentido descendente y ascendente, de la Ruta Nacional Nro 188 respectivamente; UN (1) cinemómetro de instalación fija, Marca IVERO Modelo V2-VIP Nro. de serie C30, para ser instalado en el Km 436, sentido ascendente, de la Ruta Nacional Nro. 33; CINCO (5) cinemómetros de instalación fija, Marca DYGOLD, Modelo ENFORCER-A, Nros. de serie 198, 165, 201, 166 y 167 para ser instalados en el Km 438.5, sentido descendente, Km 465, sentido descendente, Km 466, sentido ascendente, Km 506.2 sentido ascendente y descendente de la Ruta Nacional Nro. 33, respectivamente y DOS (2) cinemómetros de instalación fija, Marca IVERO Modelo V2-VIP Nros. de serie C17 y C18, para ser utilizados en el Km 622, sentido ascendente y descendente, de la Ruta Nacional 226, respectivamente.Que el municipio mencionado informa que no existen, en el ámbito de su jurisdicción, empresas que desarrollen controles mediante sistemas de radar o dispositivos cinemómetros sobre las Rutas Nacionales nros. 33, 188 y 226.Que, asimismo, mediante relevamiento in situ, se constató la ausencia de los dispositivos cinemómetros referidos, en las ubicaciones señaladas.Que, por lo expuesto, corresponde que la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en su carácter de autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales, y máxima autoridad nacional para autorizar la colocación de sistemas automáticos y semiautomáticos de control de infracciones sobre caminos, rutas y autopistas de jurisdicción nacional, de conformidad con lo regulado por los artículos 3 y 4° inciso ñ) de la Ley n° 26.363 y apartado 1 y 10 del Anexo II del Decreto 1716/2008, proceda a la baja de la homologación y autorización de uso de los dispositivos cinemómetros mencionados en el primer párrafo de estos considerandos, otorgada por disposición ANSV DI-2023-81-APN-ANSV#MTR del 30 de enero de 2023.Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL, la DIRECCION DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL Y NORMALIZACION NORMATIVA, la DIRECCION DE COORDINACION DE CONTROL Y FISCALIZACION VIAL, la DIRECCION NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL, la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO y la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION.Que el servicio jurídico permanente de esta ANSV ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley 26.363.Por ello,EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:ARTICULO 1° - Dase la baja de la homologación y autorización de uso de los cinemómetros controladores de velocidad de instalación fija marca IVERO, modelo V2-VIP, Nros. de serie C21, C30, C17 y C18; y marca DYGOLD, modelo ENFORCER-A, Nros. de serie 162, 163, 164, 198, 165, 201, 166 y 167, otorgada mediante Disposición ANSV DI-2023-81-APN-ANSV#MTR al municipio de General Villegas, provincia de Buenos Aires.ARTICULO 2° - Instrúyase a la DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL a tomar razón de lo dispuesto, en el registro nacional de cinemómetros de control de velocidad, aprobado por Disposición ANSV Nº 35, del 24 de febrero de 2010.ARTICULO 3° - Instrúyase a la DIRECCION DE COORDINACION DEL CONTROL Y FISCALIZACION VIAL a realizar el seguimiento y control del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1 de la presente Disposición.ARTICULO 4° - Comuníquese al municipio de General Villegas, a la provincia de Buenos Aires, a la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, a la Subsecretaría de Transporte Automotor, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, al Consejo Federal de Seguridad Vial, a Gendarmería Nacional, a la Dirección Nacional de Vialidad, a la Defensoría del Pueblo de la Nación y a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Francisco Diaz Vegae. 25/06/2026 N° 43894/26 v. 25/06/2026
Fecha de publicación 25/06/2026