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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

INCAA lanza concurso para largometrajes de grandes audiencias

INCAA lanza concurso para largometrajes de grandes audiencias

Se aprueba el presupuesto y se convoca a productores con éxito previo.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/343324/20260619

El INCAA lanzó un concurso para apoyar la producción de largometrajes con potencial de grandes audiencias, con un marco normativo claro y un presupuesto aprobado. Esto impulsa la industria audiovisual mediante financiamiento público y criterios de selección basados en éxito previo.

Contexto histórico

Antecedentes relacionados

  • El INCAA realizó tres designaciones en junio de 2026, incluyendo cambios en su estructura de cargos y en la denominación de laboratorios
  • Las designaciones recientes comparten organismo, tipo de acto y temáticas con la noticia nueva: Cultura, Industria audiovisual y Financiamiento público
Criterio editorial

Por qué importa

La resolución tiene trascendencia media debido a su impacto en el sector audiovisual, específicamente en la producción de contenidos con potencial de difusión masiva.

Claves de lectura

Entidades y temas

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESLey N° 17.741CulturaIndustria audiovisualFinanciamiento público
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Texto original

Resolución 218/2026

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución 218/Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2026VISTO el EX-2026-55641818- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y la Resolución INCAA N° 453 de fecha 30 de julio de 2024, yCONSIDERANDO:Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y otorgar premios.Que la producción audiovisual es un vehículo esencial para la expresión cultural, la innovación creativa y el fortalecimiento de la identidad nacional. En este contexto, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) se compromete a fomentar el desarrollo y la excelencia de la industria cinematográfica argentina.Que mediante Resolución INCAA N° 453/2024 aprobó los Lineamientos Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las bases para la realización de concursos destinados a apoyar a productores, guionistas y directores tanto noveles como consolidados, promoviendo la inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual, sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.Que resulta necesario llamar a productores que hayan alcanzado grandes audiencias a presentar proyectos de largometrajes de ficción con el objeto de respaldar e impulsar la producción de sus ideas innovadoras en el mundo Audiovisual.Que por tanto, es necesario aprobar su implementación y su presupuesto total a fin de garantizar el correcto cumplimiento de esta edición del “CONCURSO DE LARGOMETRAJE PARA GRANDES AUDIENCIAS 2026”.Que en virtud de todo lo expuesto debe dictarse el correspondiente acto administrativo.Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO, CRÉDITOS E INVERSIONES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.Por ello,EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del “CONCURSO DE LARGOMETRAJES PARA GRANDES AUDIENCIAS 2026”.ARTÍCULO 2º.- Aprobar el presupuesto en concepto de premios identificado como IF-2026-56734937-APN-SGP#INCAAARTICULO 3º.- Llamar a PRODUCTORES que hayan alcanzado grandes audiencias a presentar proyectos de largometrajes de ficción y aprobar las BASES Y CONDICIONES del “CONCURSO DE LARGOMETRAJES PARA GRANDES AUDIENCIAS 2026” que obran como Anexo I identificado como IF-2026-59487066-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.ARTÍCULO 4º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas del 19 de junio de 2026 hasta las 14 horas del día 20 de julio de 2026, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.ARTÍCULO 5º.- Determinar que la participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.ARTÍCULO 6º.- Aprobar el modelo de contrato, que obra como Anexo II identificado como IF-2026-56743643- APN-SGP#INCAA y forma parte integrante de la misma.ARTÍCULO 7º.- Aprobar el modelo de pagaré, que obra como Anexo III identificado como IF-2026-56743958- APN-SGP#INCAA y forma parte integrante de la misma.ARTÍCULO 8º.- Imputar el gasto a la partida del ejercicio financiero correspondiente, sujeto a disponibilidad presupuestaria del Organismo.ARTÍCULO 9º.- Establecer que se deja sin efecto cualquier otra Resolución del Organismo que contradiga a esta Resolución.ARTÍCULO 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.Carlos Luis PirovanoNOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-e. 19/06/2026 N° 42365/26 v. 19/06/2026 Fecha de publicación 19/06/2026   Anexo - 1   Anexo - 2   Anexo - 3