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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Aprobación de modelo de convenio de rescisión por mutuo acuerdo

Aprobación de modelo de convenio de rescisión por mutuo acuerdo

El ENACOM aprueba un modelo de convenio y desafecta fondos para AMUSIM

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342896/20260608

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha aprobado un modelo de convenio de rescisión por mutuo acuerdo y desafectado una suma de dinero del Fondo del Servicio Universal para AMUSIM ASOCIACIÓN MUTUAL SINDICAL MERCANTIL.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo de bajo impacto que afecta a una sola licenciataria y no tiene efectos generales sobre la población.

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Resolución Sintetizada 387/2026

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución Sintetizada 387/RESOL-2026-387-APN-ENACOM#JGM FECHA 04/06/2026EX-2022-46446293- APN-DNFYD#ENACOMEl Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el modelo de CONVENIO DE RESCISIÓN POR MUTUO ACUERDO (IF-2026- 37247693-APN-DNLAYR#ENACOM), que deberá ser suscripto por las partes, dentro de los 10 días de notificada la presente. 2.- Desafectar la suma de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($14.499.720,82.-) del Fondo del Servicio Universal previsto en la Ley N°27.078, que fuesen adjudicados a la licenciataria AMUSIM ASOCIACIÓN MUTUAL SINDICAL MERCANTIL, mediante el Artículo 2° de la Resolución ENACOM N°1131/2023. 3.- Instruir a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a instrumentar la devolución de las garantías de anticipo y ejecución, presentadas por la licenciataria AMUSIM ASOCIACIÓN MUTUAL SINDICAL MERCANTIL, identificadas como Pólizas de Seguro de Caución Nº 277.449 y N° 277.448 emitidas por la compañía SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, de conformidad al procedimiento establecido. 4.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativasMaria Florencia Torres Brizuela, Jefa de Área, Área Despacho.e. 08/06/2026 N° 38836/26 v. 08/06/2026 Fecha de publicación 08/06/2026