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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Homologa ingreso de Obra Social de Conductores de Remises en registro especial para atención médica

Homologa ingreso de Obra Social de Conductores de Remises en registro especial para atención médica

La Superintendencia de Servicios de Salud homologa el ingreso de la Obra Social de Conductores de Remises en un registro especial para la atención médica.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342729/20260603

La Superintendencia de Servicios de Salud homologó el ingreso de la Obra Social de Conductores de Remises y Autos Al Instante y Afines (RNAS N° 1-2680-9) en la Sección Especial del Registro de Agentes del Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes Adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, lo que permitirá a esta entidad asumir la condición de proveer cobertura médico asistencial a pequeños contribuyentes.

Criterio editorial

Por qué importa

La trascendencia de esta medida radica en su impacto en la seguridad social de un sector de la población que a menudo se encuentra en la periferia del sistema de salud, facilitando su acceso a servicios médicos esenciales.

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Texto original

Resolución 963/2026

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 963/Ciudad de Buenos Aires, 29/05/2026VISTO el Expediente N° EX-2026-45465261- -APN-CRAS#SSS, el Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 492 del 18 de marzo de 2026, yCONSIDERANDO:Que la OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE Y AFINES (RNAS N° 1-2680-9) manifestó su voluntad de inscribirse en la Sección Especial del REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, conforme surge del informe presentado.Que el artículo 69 bis del Decreto N° 1/2010 creó el REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, en el ámbito de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, estableciendo que en el mismo se inscribirán las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten recibir a los pequeños contribuyentes adheridos a dicho régimen como parte integrante de su población beneficiaria.Que, a su vez, la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 492/2026 incorporó una Sección Especial dentro del mencionado registro, destinada a la inscripción de los Agentes del Seguro de Salud que manifiesten su voluntad de recibir afiliados monotributistas provenientes de Agentes del Seguro de Salud dados de baja. Que la inscripción en dicha Sección Especial implica la manifestación expresa de la entidad de su voluntad de asumir la condición indicada, en los términos de la normativa vigente.Que la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro analizó la presentación efectuada por el Agente del Seguro de Salud y, en el marco de sus competencias técnicas, verificó el cumplimiento de los requisitos aplicables, propiciando en consecuencia la inscripción solicitada.Que, en ese marco, corresponde formalizar la inscripción de la entidad mencionada en la Sección Especial del registro referido.Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615 del 23 de diciembre de 1996, 2710 del 28 de diciembre de 2012 y 440 del 27 de junio de 2025.Por ello,EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUDRESUELVE:ARTÍCULO 1°- Inscríbase en la Sección Especial del REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, incorporada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 492 del 18 de marzo de 2026, a la OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES DE REMISES Y AUTOS AL INSTANTE Y AFINES (RNAS N° 1-2680-9).ARTÍCULO 2°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, vincúlese al expediente electrónico que le dio origen.Claudio Adrián Stivelmane. 03/06/2026 N° 37663/26 v. 03/06/2026 Fecha de publicación 03/06/2026