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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Ministerio de Economía homologa resolución

Ministerio de Economía homologa resolución

Resolución 810/2026 dictamina aspectos presupuestarios y administrativos

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Se trama la resolución 810/2026 del Ministerio de Economía, que regula aspectos presupuestarios y administrativos en el marco de la ley 27.798 y otros decretos mencionados.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto administrativo de bajo impacto que regula aspectos técnicos de la gestión presupuestaria y administrativa.

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Resolución 810/2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA Resolución 810/Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2026Visto el expediente EX-2026-11905776-APN-DGDMDP#MEC, la ley 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026, los decretos 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024 y 934 del 31 de diciembre de 2025, la decisión administrativa 1080 del 19 de junio de 2020 y su modificatoria, y la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), yCONSIDERANDO:Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece, entre otros aspectos, que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, los Secretarios de la Presidencia de la Nación, el Procurador del Tesoro de la Nación y los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros serán competentes para disponer y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de las estructuras organizativas que dependan de cada uno de ellos, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y descentralizados.Que mediante la decisión administrativa 1080 del 19 de junio de 2020 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo.Que a través del decreto 451 del 3 de agosto de 2022 se unificaron las competencias asignadas al ex Ministerio de Desarrollo Productivo y al ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, en el Ministerio de Economía, transfiriendo a su ámbito las unidades organizativas dependientes de estos organismos, con sus créditos presupuestarios, bienes y personal, con sus cargos y dotaciones vigentes; y mediante el artículo 15 del decreto 480 del 10 de agosto de 2022 se dispuso que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual situación de revista.Que en esta instancia, corresponde asignar a Fiorella Mariana Robilotta (MI N° 31.722.247) las funciones de Directora Nacional de Desarrollo Regional Pyme dependiente de la ex Subsecretaría de la Productividad y Desarrollo Regional Pyme de la ex Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, actualmente en el ámbito del Ministerio de Economía, con carácter transitorio, situación que se encuentra comprendida en el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y en los apartados I, II y III del inciso a del artículo 15 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la ley 25.164.Que la presente asignación transitoria de funciones queda exceptuada de las restricciones establecidas en el artículo 1° del decreto 934 del 31 de diciembre de 2025, conforme lo dispuesto en el inciso b del artículo 2° de ese decreto.Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, autorizando la excepción prevista en el artículo 112 del decreto 2098/2008.Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.Por ello,EL MINISTRO DE ECONOMÍARESUELVE:ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas, a partir del 1° de enero de 2026 y hasta el 28 de febrero de 2026, con carácter transitorio, las funciones de Directora Nacional de Desarrollo Regional Pyme dependiente de la ex Subsecretaría de la Productividad y Desarrollo Regional Pyme de la ex Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, actualmente en el ámbito del Ministerio de Economía, nivel A, grado 0, función ejecutiva nivel I, a Fiorella Mariana Robilotta (MI N° 31.722.247), de la planta permanente, nivel A, grado 5, tramo general, agrupamiento profesional, en los términos del Título X del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 112 del citado convenio.ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Economía.ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.Luis Andres Caputoe. 02/06/2026 N° 37345/26 v. 02/06/2026 Fecha de publicación 02/06/2026