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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA RÍO GRANDE

Aduanera de Río Grande impone multa por infracción aduanera

Aduanera de Río Grande impone multa por infracción aduanera

La Administradora de la Aduanera de Río Grande condenó a Carla Tamara Marín a pagar una multa por importación irregular de un vehículo.

Lectura editorial basada en documentos públicos oficiales.Esta nota parte de publicaciones oficiales y puede incluir contexto editorial asistido por sistemas automáticos. Consultá siempre la publicación original del Boletín Oficial.Ver fuente oficial: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/342451/20260527Revisá la fuente original antes de tomar decisiones basadas en este artículo.

Se impone una multa de $293.606,70 y se debe pagar $2.564,21 en tributos por importación irregular de un vehículo. La afectada puede recurrir ante el Juzgado Federal de Río Grande.

Criterio editorial

Por qué importa

Es un acto individual de sancion por infracción aduanera, no tiene impacto amplio.

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Aviso Oficial

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA RÍDesde Actuación SIGEA N° 17611-19-2025 (SUCOA N.º 049-SC-72-2025/K), caratulada “Carla Tamara MARIN y César Alejandro CANCINO SALDIVIA s/psta. inf. art. 970 ap. 1º del C.A”, se hace saber a la Sra. Carla Tamara MARÍN, DNI N.º 39.392.100, ...”RIO GRANDE, 25 FEBRERO 2026 VISTO...CONSIDERANDO:…Por ello y facultades legales conferidas, LA ADMINISTRADORA DE LA ADUANA DE RIO GRANDE RESUELVE: ...CONDENAR a la Sra. Carla Tamara MARÍN, DNI N.º 39.392.100 al pago de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 293.606,70) en concepto de multa, equivalente al 30% del valor en aduana del rodado en infracción, debiendo abonar asimismo el pago de los tributos debidos por la importación irregular del rodado objeto de autos, consistentes en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON VEINTIÚN CENTAVOS (USD 2.564,21) . HACER SABER a la Sra. Carla Tamara MARÍN, DNI N.º 39.392.100 que podrá interponer en contra la presente decisión, Demanda Contenciosa ante el Juzgado Federal de Río Grande o mediante recurso de apelación por el ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en el plazo de quince (15) días hábiles, en los términos del Art. 1132 inc. b) y 1133 del Código Aduanero. Debiendo comunicar a la administradora, en su caso, mediante presentación escrita o por entrega al correo en carta certificada con aviso de retorno, dentro del plazo para interponerlos, caratula y número de expediente; ello conforme lo previsto por el art. 1138 del mismo texto legal”. ... RESOL-2026-9-E-ARCA-ADRIOG#SDGOAI. Firma: PAGNUSSAT SANDRA CLELIA Administradora Aduana Río Grande. Queda Ud. debidamente notificado.-Sandra C. Pagnussat, Administradora.e. 27/05/2026 N° 35491/26 v. 27/05/2026 Fecha de publicación 27/05/2026